La publicación en el BOE de 28 de enero de 2026 de la Resolución del Congreso de los Diputados certifica la derogación del Real Decreto-ley 16/2025, aprobado el 23 de diciembre del año anterior y vigente únicamente entre el 24 de diciembre y el 27 de enero. La falta del respaldo parlamentario necesario ha provocado la caída de una norma que pretendía prorrogar y consolidar diversas medidas en materia social, fiscal y de Seguridad Social, muchas de ellas con impacto directo en el ejercicio 2026.
La falta de convalidación por el Congreso de los Diputados ha supuesto su derogación automática, dejando sin efecto un conjunto de previsiones que solo llegaron a desplegarse durante un periodo muy limitado.
En materia de pensiones y Seguridad Social, la norma establecía un marco transitorio para 2026 que ahora queda sin respaldo normativo. Entre los elementos más relevantes figuraba la prórroga del salario mínimo interprofesional vigente en 2025 hasta la aprobación del SMI de 2026, con efectos desde el 1 de enero y cuantías ya definidas tanto en cómputo mensual como anual. La derogación reabre la necesidad de determinar el SMI aplicable a 2026, así como las condiciones de su eventual aplicación retroactiva.
También decae el esquema de revalorización de pensiones previsto para el ejercicio, que incluía la actualización del límite máximo de pensiones públicas, el incremento de las pensiones contributivas conforme al IPC interanual, el mantenimiento del complemento para la reducción de la brecha de género y la fijación de umbrales de ingresos para el acceso a determinados complementos y prestaciones. Este vacío normativo afecta igualmente al régimen de Clases Pasivas, que queda a la espera de una regulación específica que defina con claridad las cuantías aplicables durante el año.
En el ámbito de las cotizaciones sociales, la derogación alcanza a un bloque técnico pero de enorme impacto económico. El texto contemplaba la actualización de las bases mínimas en línea con el salario mínimo, el mantenimiento de una base máxima de cotización elevada, la aplicación del tipo correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional y la introducción de una cotización adicional de solidaridad para retribuciones que superasen el tope máximo. Todo este diseño queda ahora sin efecto, a la espera de una nueva norma que restablezca, modifique o sustituya estos parámetros.
Especial relevancia tenía también la regulación prevista para las personas trabajadoras autónomas. El Real Decreto-ley mantenía para 2026 las tablas de rendimientos netos, ajustando determinados tramos y preservando el régimen de devolución por pluriactividad cuando se superasen ciertos límites de cotización. Con la derogación, estas previsiones pierden vigencia, reabriendo la incertidumbre sobre el esquema de cotización aplicable en el próximo ejercicio.
A ello se sumaba una nueva tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, diseñada para entrar en vigor el 1 de enero de 2026 y vinculada a la actividad económica y ocupación. Esta reforma, que pretendía actualizar un elemento clave del sistema de cotización por contingencias profesionales, queda igualmente en suspenso.
En materia de empleo, la derogación elimina dos medidas de notable calado. Por un lado, decae la supresión de la obligación de presentar la declaración del IRPF para personas solicitantes o beneficiarias de prestaciones por desempleo. Por otro, desaparecen las limitaciones impuestas a las empresas beneficiarias de ayudas públicas en relación con la justificación de despidos objetivos, tanto por el incremento de costes energéticos como por la utilización de causas vinculadas a medidas extraordinarias de reducción de jornada o suspensión de contratos.
Otras medidas
Más allá de estos ámbitos, la derogación alcanza a otras medidas de carácter general.
Decae la prórroga de la suspensión de desahucios y lanzamientos para personas en situación de vulnerabilidad, así como el régimen compensatorio para arrendadores.
Pierden vigencia los descuentos reforzados del bono social eléctrico y las garantías de suministro vinculadas a la lucha contra la pobreza energética.
Asimismo, quedan sin efecto las actualizaciones previstas en materia de financiación autonómica y local, incluidos los ajustes en las entregas a cuenta, los regímenes excepcionales de endeudamiento y determinadas medidas específicas para territorios afectados por sobrecostes o emergencias.
También se ven afectadas las previsiones relativas al sector eléctrico en territorios no peninsulares.
En conjunto, la derogación del Real Decreto-ley 16/2025 supone la desactivación de un paquete normativo concebido como respuesta urgente y coordinada a múltiples frentes. El resultado inmediato es un escenario de provisionalidad normativa que queda a la espera de nuevas iniciativas legislativas que, en su caso, reconstruyan, ajusten o sustituyan las medidas inicialmente previstas para 2026.
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