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El índice es el siguiente:

ORDEN PJC/178/2025 DE 25 DE FEBRERO. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2025. INFORMACIÓN GENERAL
ORDEN PJC/178/2025. BASES MÁXIMAS Y MÍNIMAS DE COTIZACIÓN
ORDEN PJC/178/2025. ARTISTAS
ORDEN PJC/178/2025. PROFESIONALES TAURINOS
ORDEN PJC/178/2025. SISTEMA ESPECIAL PARA TRABAJADORES POR CUENTA AJENA AGRARIOS
ORDEN PJC/178/2025. SISTEMA ESPECIAL PARA EMPLEADOS DE HOGAR
ORDEN PJC/178/2025. MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (MEI)
ORDEN PJC/178/2025. COTIZACIÓN ADICIONAL DE SOLIDARIDAD
ORDEN PJC/178/2025. RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES DEL MAR
ORDEN PJC/178/2025. COTIZACIÓN ADICIONAL EN CONTRATOS DE DURACION DETERMINADA
ORDEN PJC/178/2025. BASES MÍNIMAS POR HORAS
ORDEN PJC/178/2025. SOCIOS DE COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
ORDEN PJC/178/2025. CONTRATOS FORMATIVOS EN ALTERNANCIA Y CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
ORDEN PJC/178/2025. PRÁCTICAS FORMATIVAS NO REMUNERADAS
ORDEN PJC/178/2025. COTIZACIÓN DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS
RECLASIFICACIÓN TRÁMITES CASIA

Este boletín recoge las modificaciones en materia de cotización a la Seguridad Social introducidas por la Orden PJC/178/2025 de 25 de febrero, aplicables desde el 1 de enero de 2025. Se detallan las bases de cotización, mecanismos adicionales y regímenes especiales para distintos colectivos.

Principales cambios y novedades:

1.- Bases de cotización en el Régimen General

Se establecen nuevas bases mínimas y máximas de cotización para las diferentes categorías profesionales.
La base máxima general se fija en 4.909,50 €/mes.

2.- Cotización de colectivos específicos

Artistas: Bases de cotización diarias según tramos de ingresos.
Profesionales taurinos: Diferentes bases de cotización por grupo.
Trabajadores agrarios por cuenta ajena: Se actualizan las bases mínimas y máximas, tanto en modalidad mensual como por jornadas reales.
Empleados del hogar: Se aplicará una tabla específica de tramos y bases de cotización.

3.- Medidas especiales de cotización

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): Cotización adicional del 0,80% sobre la base de cotización, distribuida entre empresa y trabajador.
Cotización adicional de solidaridad: Se aplicará a salarios superiores a la base máxima con porcentajes progresivos.
Cotización adicional en contratos de corta duración: Contratos inferiores a 30 días tendrán un recargo de 32,60 € a cargo del empresario.

4.- Bases de cotización específicas

Contratos a tiempo parcial: Se establecen nuevas bases mínimas por hora según el grupo de cotización.
Socios de cooperativas de trabajo asociado: No podrán cotizar por debajo de las bases mínimas fijadas.

5.- Cotización en contratos de formación y prácticas

Contratos de formación en alternancia: Se establecen cuotas fijas por contingencias comunes y profesionales.
Prácticas formativas no remuneradas: Cotización diaria con reducción del 95% en contingencias comunes.

6.- Autónomos

Se permite a los autónomos que cotizaban por la base máxima de 2024 solicitar una base intermedia dentro de los límites fijados para 2025.

7.- Reclasificación de trámites CASIA

Nueva funcionalidad para corregir errores en la clasificación de trámites de la Seguridad Social, mejorando la gestión de solicitudes.

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