Mecanismo de gobernanza en materia de energía, cambio climático y calidad del aire

Novedades publicadas en el INFORMA sobre el IRPF durante el mes de enero 2025
25 febrero, 2025
Prórroga de la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania
4 marzo, 2025
Ver todas las noticias >

El pasado día 23 de febrero de 2025 entró en vigor la nueva norma por la que se establece los mecanismos de gobernanza que permiten dar cumplimiento a las obligaciones de información adquiridas por España en virtud de los acuerdos y compromisos nacionales e internacionales relativos a la lucha contra el cambio climático y a las emisiones de los contaminantes atmosféricos.

La finalidad principal es definir los mecanismos para la elaboración del Inventario Nacional y las proyecciones de emisiones a la atmósfera y la absorción por los sumideros de gases de efecto invernadero y otros contaminantes atmosféricos, así como para la identificación y seguimiento de las políticas y medidas en materia de energía y clima, para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y otros contaminantes atmosféricos, el fomento de los sumideros, así como de los planes y programas sobre estas materias.

Igualmente, con la aplicación de la norma se pretende el cumplimiento de las obligaciones de información relativas al sector del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura, las relacionadas con la adaptación al cambio climático y las relativas al apoyo financiero, tecnológico y de capacitación dado a países en desarrollo en relación con el cambio climático; la elaboración, aprobación y envío de los Informes de Situación Nacionales Integrados de Energía y Clima, y; la elaboración y envío de la Comunicación Nacional de España y del Informe Bienal de transparencia.

Elaboración y aprobación del Inventario Nacional y las proyecciones de emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero y otros contaminantes atmosféricos

De manera anual, el Sistema Español de Inventario y Proyecciones de Emisiones a la Atmósfera (SEI), elaborará el Inventario Nacional de emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero y contaminantes atmosféricos para el año X con datos del año X-2, teniendo en consideración las directrices internacionales existentes para elaboración de inventarios contenidas en la Decisión 24/CP.19 y sus sucesivas actualizaciones, publicadas por la CMNUCC y en las Guías para el reporte de datos de emisiones y proyecciones bajo el Convenio sobre la Contaminación Atmosférica a Larga Distancia (CLRTAP) (ECE/EB.AIR/125), y con arreglo a la normativa de la Unión Europea.

Además, de manera bienal, el SEI elaborará las proyecciones de emisiones (en adelante, proyecciones), basándose en los datos del Inventario disponibles. Dichas proyecciones se aprobarán por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE), a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Identificación, seguimiento y notificación de las políticas y medidas en materia de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y otros contaminantes atmosféricos y de fomento de los sumideros de carbono y elaboración de los Informes de situación nacionales integrados de energía y clima

Lo que se pretende es permitir el seguimiento del cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica (PNCCA) o la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo (ELP), así como de otros Planes o Programas con incidencia sobre el cambio climático, la política energética, la emisión de contaminantes atmosféricos o la calidad del aire.

Seguimiento y notificación adicional del sector del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura

A la Oficina Española de Cambio Climático y a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental se deberá remitir toda la información necesaria (antes del 31 de mayo de cada año o, en su caso, en la fecha más temprana en que se disponga de la información) para conocer, de un lado, la evaluación de la demanda y del consumo de bioenergía por materia prima, origen y destino, y su relación con depósitos de biomasa y productos de madera para estimar su impacto en el del sector del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura y, de otro, las bases de datos interoperables y geográficamente explícitas de las tierras contenidas en las siguientes categorías, a nivel nacional:

Zonas de alto valor en cuanto a biodiversidad y tierras con elevadas reservas de carbono.
Espacios Red Natura 2000.
Zonas sujetas a medidas de gestión específicas para proteger y asegurar el no deterioro de su estado ecológico o para la restauración del buen estado ecológico de las masas de agua y de las zonas previstas para la nueva creación y restauración de humedales. 
Llanuras aluviales o zonas con potencial de retención de las inundaciones protegidas.
Bancos de conservación de la naturaleza.
Zonas sujetas a medidas reparadoras identificadas para los objetivos establecidos en el artículo 6 de la Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales.
Áreas sujetas a restauración para asegurar su buena condición en relación con el ecosistema.
Pastizales y tierras de cultivo sujetos a prácticas que aumenten su capacidad como sumideros de carbono.
Cualquier otra zona para la que se identifique una necesidad de restauración derivada de planificación a nivel nacional o para la que se identifiquen riesgos elevados derivados del clima o desastres naturales.

Seguimiento y notificación de las políticas y medidas en materia de adaptación al cambio climático

Todas las instituciones implicadas en el desarrollo del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC), sus programas de trabajo y los planes sectoriales de adaptación, remitirán la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones de información a la Oficina Española de Cambio Climático, antes del 15 de enero de los años impares o, en su caso, en la fecha más temprana en que se disponga de la información, y cada dos años a partir de entonces. En todo caso, estos plazos se ajustarán a las posibles modificaciones que pueda experimentar la normativa europea.

Seguimiento y notificación del apoyo financiero, tecnológico y de capacitación a países en desarrollo

Cada año, a más tardar el 31 de julio, deberá ser remitida a la Oficina Española de Cambio Climático la información sobre el apoyo financiero, tecnológico y de capacitación a los países en desarrollo teniendo en cuenta que estos plazos se podrán ajustar a las posibles modificaciones que puedan experimentar la normativa europea o las directrices de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

Comunicación Nacional de España e Informe bienal de transparencia ante la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

Ambos informes incluirán, entre otras informaciones, el inventario de gases de efecto invernadero, las proyecciones de emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero, las políticas y medidas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de fomento de sumideros, las políticas y medidas en materia de adaptación al cambio climático, y la información sobre apoyo financiero, tecnológico y de capacitación a países en desarrollo.

Además, en la Comunicación nacional se incluirá información sobre circunstancias nacionales, sobre investigación y observación sistemática del clima y sobre educación, formación y sensibilización en materia de cambio climático.

La información será remitida a la Oficina Española de Cambio Climático, antes del 15 de septiembre de los años pares.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies