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La Resolución de 8 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo establece la relación de fiestas laborales para el año 2027. El calendario recoge las festividades nacionales y las aprobadas por las diecisiete comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, de acuerdo con las comunicaciones remitidas al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Conforme al artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, las fiestas laborales tienen carácter retribuido y no recuperable, con un máximo de catorce al año, de las cuales dos corresponden a festividades locales. Estas últimas no figuran en la relación estatal y deberán incorporarse posteriormente conforme a su publicación en los boletines oficiales correspondientes.

La resolución no introduce un nuevo régimen jurídico de fiestas laborales, sino que publica las fechas resultantes de la aplicación de las disposiciones vigentes y de las decisiones adoptadas por las administraciones autonómicas.

El calendario distingue tres categorías de festividades. Las fiestas nacionales no sustituibles, que se celebran en todo el territorio; las fiestas nacionales respecto de las cuales las comunidades autónomas pueden ejercer su facultad de sustitución, y las festividades propias de cada comunidad.

Esta clasificación tiene consecuencias prácticas, ya que no todos los días tradicionalmente considerados festivos nacionales se disfrutan necesariamente en las mismas fechas en las distintas comunidades autónomas.

En 2027, por ejemplo, el 15 de agosto coincide en domingo, por lo que varios territorios trasladan el descanso al lunes 16 de agosto, mientras que otros optan por una festividad diferente.

Festivos nacionales comunes a toda España

Entre las celebraciones que figuran como fiestas nacionales no sustituibles se encuentran Año Nuevo, Viernes Santo, la Fiesta del Trabajo, la Fiesta Nacional de España, Todos los Santos, el Día de la Constitución, la Inmaculada Concepción y Navidad.

A estas festividades se añade el 6 de enero, Epifanía del Señor, que se celebra en todas las comunidades autónomas y en Ceuta y Melilla, aunque su clasificación jurídica es la de fiesta nacional sustituible respecto de la cual no se ha ejercido esa facultad.

El calendario de 2027 presenta también varias particularidades. El 1 de mayo y el 25 de diciembre coinciden en sábado, mientras que el 6 y el 8 de diciembre se celebran en lunes y miércoles, respectivamente.

Asimismo, el Viernes Santo tendrá lugar el 26 de marzo y el Jueves Santo, el día 25, será festivo en buena parte del territorio nacional, aunque no en todas las comunidades.

Diferencias autonómicas y traslados de festividades

Las comunidades autónomas pueden sustituir determinadas festividades nacionales por otras vinculadas a sus tradiciones, dentro de los límites establecidos en la normativa laboral.

En 2027, el descanso correspondiente a la Asunción de la Virgen, que coincide en domingo, se traslada al lunes 16 de agosto en varias comunidades. Otras administraciones han seleccionado fechas alternativas.

Entre las fiestas autonómicas recogidas en la resolución figuran el Día de Andalucía y el Día de las Illes Balears, ambos el 1 de marzo; el Día de Aragón y la Fiesta de Castilla y León, el 23 de abril; el Día de Castilla-La Mancha, el 31 de mayo, y el Día de la Región de Murcia y el Día de La Rioja, el 9 de junio.

También se incluyen celebraciones como el Día Nacional de Cataluña, el 11 de septiembre; el Día de la Comunitat Valenciana, el 9 de octubre, y las festividades específicas de Ceuta y Melilla.

El anexo incorpora, además, determinadas particularidades territoriales. En Canarias se recogen las fiestas correspondientes a cada isla, mientras que en el territorio de Arán la festividad del 29 de marzo se sustituye por la Fiesta de Arán del 17 de junio.

Las dos fiestas locales completarán los calendarios

La relación publicada en el BOE comprende las festividades de ámbito nacional y autonómico, pero no incluye los dos festivos locales que corresponden a cada municipio.

De acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, estos días deberán ser propios de la tradición municipal y tendrán igualmente carácter retribuido y no recuperable.

Su publicación se realizará en el boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia correspondiente.

Por ello, para determinar el calendario laboral completo de una empresa será necesario conocer no solo su comunidad autónoma, sino también el municipio en el que se encuentra el centro de trabajo.

Festivos nacionales de 2027

Fecha

Día de la semana

Festividad

Clasificación

1 de enero

Viernes

Año Nuevo

Nacional no sustituible

6 de enero

Miércoles

Epifanía del Señor

Nacional sustituible, celebrada en toda España

26 de marzo

Viernes

Viernes Santo

Nacional no sustituible

1 de mayo

Sábado

Fiesta del Trabajo

Nacional no sustituible

12 de octubre

Martes

Fiesta Nacional de España

Nacional no sustituible

1 de noviembre

Lunes

Todos los Santos

Nacional no sustituible

6 de diciembre

Lunes

Día de la Constitución Española

Nacional no sustituible

8 de diciembre

Miércoles

Inmaculada Concepción

Nacional no sustituible

25 de diciembre

Sábado

Natividad del Señor

Nacional no sustituible

El 15 de agosto de 2027 coincide en domingo. La resolución recoge su traslado al 16 de agosto en determinados territorios, mientras que otros han optado por una festividad alternativa. No figura, por tanto, como un descanso adicional idéntico para toda España.

Festividades autonómicas y territoriales destacadas

Fecha

Festividad

Ámbito territorial

1 de marzo

Día de Andalucía

Andalucía

1 de marzo

Día de les Illes Balears

Illes Balears

10 de marzo

Fiesta del Eid Fitr

Melilla

19 de marzo

San José

Comunidades que lo han incluido en su calendario

25 de marzo

Jueves Santo

Comunidades y ciudades que lo han declarado festivo

29 de marzo

Lunes de Pascua

Determinadas comunidades autónomas

23 de abril

San Jorge / Día de Aragón

Aragón

23 de abril

Fiesta de Castilla y León

Castilla y León

17 de mayo

Día de las Letras Gallegas

Galicia

17 de mayo

Eidul Adha – Fiesta del Sacrificio

Ceuta

17 de mayo

Fiesta del Sacrificio – Aid Al Adha

Melilla

27 de mayo

Corpus Christi

Castilla-La Mancha

31 de mayo

Día de Castilla-La Mancha

Castilla-La Mancha

9 de junio

Día de la Región de Murcia

Región de Murcia

9 de junio

Día de La Rioja

La Rioja

24 de junio

Día de San Juan

Cataluña

28 de julio

Día de las Instituciones de Cantabria

Cantabria

5 de agosto

Nuestra Señora de África

Ceuta

16 de agosto

Lunes siguiente a la Asunción de la Virgen

Determinadas comunidades autónomas

8 de septiembre

Día de Asturias

Asturias

8 de septiembre

Día de Extremadura

Extremadura

11 de septiembre

Fiesta Nacional de Cataluña

Cataluña

15 de septiembre

La Bien Aparecida

Cantabria

7 de octubre

Aniversario del primer Gobierno de Euskadi

País Vasco

9 de octubre

Día de la Comunitat Valenciana

Comunitat Valenciana

11 de octubre

Sustitución del festivo del 15 de agosto

Extremadura

Nota: la tabla identifica las fiestas autonómicas y territoriales más significativas. Para comprobar todos los festivos aplicables a cada comunidad, incluidos los sustituibles, debe consultarse el anexo completo de la resolución.

El BOE incorpora dos notas aclaratorias con consecuencias específicas para el calendario laboral de determinados territorios.

Territorio

Fecha

Festividad

Tenerife

2 de febrero

Virgen de la Candelaria

La Palma

5 de agosto

Nuestra Señora de Las Nieves

Gran Canaria

8 de septiembre

Nuestra Señora del Pino

Lanzarote y La Graciosa

15 de septiembre

Nuestra Señora de los Volcanes

Fuerteventura

17 de septiembre

Nuestra Señora de la Peña

El Hierro

24 de septiembre

Nuestra Señora de los Reyes

La Gomera

4 de octubre

Nuestra Señora de Guadalupe

Arán

17 de junio

Fiesta de Arán, en sustitución del 29 de marzo

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