La Resolución de 8 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo establece la relación de fiestas laborales para el año 2027. El calendario recoge las festividades nacionales y las aprobadas por las diecisiete comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, de acuerdo con las comunicaciones remitidas al Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Conforme al artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, las fiestas laborales tienen carácter retribuido y no recuperable, con un máximo de catorce al año, de las cuales dos corresponden a festividades locales. Estas últimas no figuran en la relación estatal y deberán incorporarse posteriormente conforme a su publicación en los boletines oficiales correspondientes.
La resolución no introduce un nuevo régimen jurídico de fiestas laborales, sino que publica las fechas resultantes de la aplicación de las disposiciones vigentes y de las decisiones adoptadas por las administraciones autonómicas.
El calendario distingue tres categorías de festividades. Las fiestas nacionales no sustituibles, que se celebran en todo el territorio; las fiestas nacionales respecto de las cuales las comunidades autónomas pueden ejercer su facultad de sustitución, y las festividades propias de cada comunidad.
Esta clasificación tiene consecuencias prácticas, ya que no todos los días tradicionalmente considerados festivos nacionales se disfrutan necesariamente en las mismas fechas en las distintas comunidades autónomas.
En 2027, por ejemplo, el 15 de agosto coincide en domingo, por lo que varios territorios trasladan el descanso al lunes 16 de agosto, mientras que otros optan por una festividad diferente.
Festivos nacionales comunes a toda España
Entre las celebraciones que figuran como fiestas nacionales no sustituibles se encuentran Año Nuevo, Viernes Santo, la Fiesta del Trabajo, la Fiesta Nacional de España, Todos los Santos, el Día de la Constitución, la Inmaculada Concepción y Navidad.
A estas festividades se añade el 6 de enero, Epifanía del Señor, que se celebra en todas las comunidades autónomas y en Ceuta y Melilla, aunque su clasificación jurídica es la de fiesta nacional sustituible respecto de la cual no se ha ejercido esa facultad.
El calendario de 2027 presenta también varias particularidades. El 1 de mayo y el 25 de diciembre coinciden en sábado, mientras que el 6 y el 8 de diciembre se celebran en lunes y miércoles, respectivamente.
Asimismo, el Viernes Santo tendrá lugar el 26 de marzo y el Jueves Santo, el día 25, será festivo en buena parte del territorio nacional, aunque no en todas las comunidades.
Diferencias autonómicas y traslados de festividades
Las comunidades autónomas pueden sustituir determinadas festividades nacionales por otras vinculadas a sus tradiciones, dentro de los límites establecidos en la normativa laboral.
En 2027, el descanso correspondiente a la Asunción de la Virgen, que coincide en domingo, se traslada al lunes 16 de agosto en varias comunidades. Otras administraciones han seleccionado fechas alternativas.
Entre las fiestas autonómicas recogidas en la resolución figuran el Día de Andalucía y el Día de las Illes Balears, ambos el 1 de marzo; el Día de Aragón y la Fiesta de Castilla y León, el 23 de abril; el Día de Castilla-La Mancha, el 31 de mayo, y el Día de la Región de Murcia y el Día de La Rioja, el 9 de junio.
También se incluyen celebraciones como el Día Nacional de Cataluña, el 11 de septiembre; el Día de la Comunitat Valenciana, el 9 de octubre, y las festividades específicas de Ceuta y Melilla.
El anexo incorpora, además, determinadas particularidades territoriales. En Canarias se recogen las fiestas correspondientes a cada isla, mientras que en el territorio de Arán la festividad del 29 de marzo se sustituye por la Fiesta de Arán del 17 de junio.
Las dos fiestas locales completarán los calendarios
La relación publicada en el BOE comprende las festividades de ámbito nacional y autonómico, pero no incluye los dos festivos locales que corresponden a cada municipio.
De acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, estos días deberán ser propios de la tradición municipal y tendrán igualmente carácter retribuido y no recuperable.
Su publicación se realizará en el boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia correspondiente.
Por ello, para determinar el calendario laboral completo de una empresa será necesario conocer no solo su comunidad autónoma, sino también el municipio en el que se encuentra el centro de trabajo.
Festivos nacionales de 2027
Fecha
Día de la semana
Festividad
Clasificación
1 de enero
Viernes
Año Nuevo
Nacional no sustituible
6 de enero
Miércoles
Epifanía del Señor
Nacional sustituible, celebrada en toda España
26 de marzo
Viernes
Viernes Santo
Nacional no sustituible
1 de mayo
Sábado
Fiesta del Trabajo
Nacional no sustituible
12 de octubre
Martes
Fiesta Nacional de España
Nacional no sustituible
1 de noviembre
Lunes
Todos los Santos
Nacional no sustituible
6 de diciembre
Lunes
Día de la Constitución Española
Nacional no sustituible
8 de diciembre
Miércoles
Inmaculada Concepción
Nacional no sustituible
25 de diciembre
Sábado
Natividad del Señor
Nacional no sustituible
El 15 de agosto de 2027 coincide en domingo. La resolución recoge su traslado al 16 de agosto en determinados territorios, mientras que otros han optado por una festividad alternativa. No figura, por tanto, como un descanso adicional idéntico para toda España.
Festividades autonómicas y territoriales destacadas
Fecha
Festividad
Ámbito territorial
1 de marzo
Día de Andalucía
Andalucía
1 de marzo
Día de les Illes Balears
Illes Balears
10 de marzo
Fiesta del Eid Fitr
Melilla
19 de marzo
San José
Comunidades que lo han incluido en su calendario
25 de marzo
Jueves Santo
Comunidades y ciudades que lo han declarado festivo
29 de marzo
Lunes de Pascua
Determinadas comunidades autónomas
23 de abril
San Jorge / Día de Aragón
Aragón
23 de abril
Fiesta de Castilla y León
Castilla y León
17 de mayo
Día de las Letras Gallegas
Galicia
17 de mayo
Eidul Adha – Fiesta del Sacrificio
Ceuta
17 de mayo
Fiesta del Sacrificio – Aid Al Adha
Melilla
27 de mayo
Corpus Christi
Castilla-La Mancha
31 de mayo
Día de Castilla-La Mancha
Castilla-La Mancha
9 de junio
Día de la Región de Murcia
Región de Murcia
9 de junio
Día de La Rioja
La Rioja
24 de junio
Día de San Juan
Cataluña
28 de julio
Día de las Instituciones de Cantabria
Cantabria
5 de agosto
Nuestra Señora de África
Ceuta
16 de agosto
Lunes siguiente a la Asunción de la Virgen
Determinadas comunidades autónomas
8 de septiembre
Día de Asturias
Asturias
8 de septiembre
Día de Extremadura
Extremadura
11 de septiembre
Fiesta Nacional de Cataluña
Cataluña
15 de septiembre
La Bien Aparecida
Cantabria
7 de octubre
Aniversario del primer Gobierno de Euskadi
País Vasco
9 de octubre
Día de la Comunitat Valenciana
Comunitat Valenciana
11 de octubre
Sustitución del festivo del 15 de agosto
Extremadura
Nota: la tabla identifica las fiestas autonómicas y territoriales más significativas. Para comprobar todos los festivos aplicables a cada comunidad, incluidos los sustituibles, debe consultarse el anexo completo de la resolución.
El BOE incorpora dos notas aclaratorias con consecuencias específicas para el calendario laboral de determinados territorios.
Territorio
Fecha
Festividad
Tenerife
2 de febrero
Virgen de la Candelaria
La Palma
5 de agosto
Nuestra Señora de Las Nieves
Gran Canaria
8 de septiembre
Nuestra Señora del Pino
Lanzarote y La Graciosa
15 de septiembre
Nuestra Señora de los Volcanes
Fuerteventura
17 de septiembre
Nuestra Señora de la Peña
El Hierro
24 de septiembre
Nuestra Señora de los Reyes
La Gomera
4 de octubre
Nuestra Señora de Guadalupe
Arán
17 de junio
Fiesta de Arán, en sustitución del 29 de marzo
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