Términos para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal

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La Resolución de 3 de julio de 2026 regula las condiciones para que las mutuas colaboradoras puedan acceder a una financiación adicional cuando el coeficiente ordinario destinado a financiar la gestión de la incapacidad temporal por contingencias comunes resulte insuficiente por causas estructurales.

Define cuándo existe esa insuficiencia, fija los indicadores objetivos (duración media superior a 32 días o incidencia superior a 30 por mil), exige determinadas actuaciones de control por parte de la mutua, establece el procedimiento para solicitar los coeficientes especiales del 0,07 y 0,033, regula el posible incremento adicional de la fracción de cuota, determina la documentación justificativa, el procedimiento de autorización y la regularización definitiva una vez rendidas las cuentas del ejercicio. También incorpora los modelos normalizados que deberán utilizar las mutuas para formular las solicitudes y justificar posteriormente los resultados obtenidos.

La resolución entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, aunque produce efectos desde el 1 de enero de 2026.

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