El 26 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva (UE) 2026/470, conocida de forma informal como «Directiva Ómnibus I». Se trata de una norma que introduce modificaciones en varias directivas europeas ya existentes en materia de auditoría, información corporativa y sostenibilidad empresarial.
A diferencia de otras reformas más ambiciosas, esta directiva tiene un propósito bastante concreto: revisar y ajustar algunas de las obligaciones que se habían introducido en los últimos años en materia de sostenibilidad corporativa, especialmente en lo relativo a la información que deben publicar las empresas y a los deberes de diligencia debida en sus cadenas de actividad.
Durante los últimos ejercicios la Unión Europea ha impulsado un marco regulatorio bastante amplio en este ámbito -con normas como la directiva de información sobre sostenibilidad o la directiva de diligencia debida-, lo que había generado ciertas preocupaciones en el tejido empresarial sobre el alcance real de estas obligaciones. La nueva directiva intenta precisamente reordenar y simplificar parte de ese sistema normativo.
Desde un punto de vista jurídico, la Directiva Ómnibus I no crea un régimen completamente nuevo. Lo que hace es introducir modificaciones en varias directivas ya existentes, entre ellas:
la Directiva 2006/43/CE, relativa a la auditoría legal de cuentas,
la Directiva 2013/34/UE, sobre estados financieros e información corporativa,
la Directiva (UE) 2022/2464, conocida por regular el reporte de sostenibilidad empresarial,
y la Directiva (UE) 2024/1760, relativa a la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad.
El objetivo declarado de la reforma es recalibrar determinadas obligaciones que, según se había señalado desde distintos sectores, podían resultar excesivamente complejas o gravosas para parte del tejido empresarial europeo.
Cambios en las obligaciones de información sobre sostenibilidad
Uno de los aspectos más relevantes de la nueva directiva afecta a la información que las empresas deben publicar sobre sostenibilidad, ámbito que en los últimos años se ha ampliado notablemente en la normativa europea.
La Directiva Ómnibus introduce nuevos umbrales para determinar qué empresas quedan obligadas a elaborar estos informes. Con la nueva regulación, el deber de reportar información sobre sostenibilidad queda restringido a empresas que superen simultáneamente:
más de 1.000 empleados, y
450 millones de euros de cifra de negocios neta.
Además, se establece un calendario de aplicación diferido. Estas obligaciones comenzarán a aplicarse a partir de los ejercicios financieros que se inicien el 1 de enero de 2027.
La intención del legislador europeo parece clara: concentrar estas obligaciones en empresas de gran dimensión y evitar que el nuevo marco de reporte se extienda a compañías que podrían tener mayores dificultades para asumir estas cargas administrativas.
Diligencia debida empresarial
La directiva también introduce ajustes en la normativa relativa a la diligencia debida en materia de sostenibilidad, que regula la responsabilidad de las empresas respecto a los impactos sociales y medioambientales de su actividad y de su cadena de suministro.
En este caso, la reforma eleva los umbrales de aplicación. Las obligaciones derivadas de esta normativa se aplicarán únicamente a empresas que superen:
más de 5.000 empleados, y
1.500 millones de euros de volumen de negocio mundial neto.
Además, la entrada en vigor efectiva de estas obligaciones se retrasa, estableciéndose como fecha de aplicación el 26 de julio de 2029.
Entrada en vigor
La Directiva (UE) 2026/470 entrará formalmente en vigor el 18 de marzo de 2026, aunque sus efectos materiales se aplicarán progresivamente conforme a los calendarios específicos establecidos para cada ámbito regulado.
Como ocurre con todas las directivas europeas, corresponderá ahora a los Estados miembros adaptar su normativa interna para incorporar estas modificaciones dentro de sus respectivos ordenamientos jurídicos.
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