La iniciativa responde a una crítica reiterada por entidades financieras e inversores: los requisitos actuales de contabilidad de coberturas, tal como se aplican bajo las NIIF, no capturan adecuadamente las dinámicas reales de gestión del riesgo ni explican con suficiente claridad su impacto sobre el rendimiento financiero y los flujos de efectivo futuros.
Origen y justificación de la propuesta
El punto de partida del proyecto es una desconexión estructural entre:
los modelos internos de gestión del riesgo de tipo de interés utilizados por las instituciones financieras, y
la forma en que esos riesgos se reflejan contablemente bajo el marco vigente.
En particular, el IASB reconoce que la contabilidad de coberturas tradicional presenta limitaciones cuando se aplica a carteras abiertas y dinámicas, donde el riesgo se gestiona de forma continua y no mediante relaciones de cobertura estáticas entre instrumentos individuales.
El nuevo modelo pretende corregir esa asimetría.
Objetivo del modelo de Contabilidad de Mitigación de Riesgos
La propuesta persigue un objetivo claramente definido: aproximar la contabilidad a la gestión real del riesgo, sin sacrificar la disciplina informativa ni la comparabilidad entre entidades.
Desde una perspectiva funcional, el modelo busca:
mejorar la representación contable del riesgo de tasa de interés,
ofrecer mayor transparencia sobre cómo la gestión de dicho riesgo afecta al rendimiento financiero, y
proporcionar información más útil sobre los flujos de efectivo futuros, especialmente en entornos de tipos volátiles.
En palabras del propio presidente del IASB, el modelo aspira a reforzar tanto la eficiencia interna como la calidad del diálogo informativo con inversores y otras partes interesadas.
Cambios normativos propuestos
Para integrar el nuevo enfoque, el IASB plantea modificaciones coordinadas en el marco IFRS existente:
1. Modificaciones a la NIIF 9 – Instrumentos Financieros
El nuevo modelo se incorpora como un mecanismo alternativo y complementario a los requisitos actuales de contabilidad de coberturas, específicamente diseñado para la gestión del riesgo de tipo de interés en carteras.
No se trata de un ajuste marginal, sino de un enfoque contable diferenciado, más cercano a la lógica económica de la gestión del riesgo.
2. Modificaciones a la NIIF 7 – Información a Revelar
La propuesta refuerza de forma significativa las exigencias de información a revelar, con el fin de explicar:
la estrategia de mitigación del riesgo de tasa de interés,
los efectos contables derivados de dicha estrategia, y
la evolución esperada del riesgo y de los flujos asociados.
La revelación se convierte así en un elemento central del modelo, no meramente accesorio.
3. Posible derogación de la NIC 39
El IASB solicita comentarios específicos sobre la eventual derogación definitiva de la NIC 39, todavía aplicable en determinados contextos, con el objetivo de cerrar definitivamente la transición hacia un marco más coherente y actualizado.
Estructura de la consulta pública
La consulta lanzada por el IASB se articula en tres bloques documentales claramente diferenciados:
Proyecto de Norma sobre Contabilidad de Mitigación de Riesgos, con las modificaciones propuestas a la NIIF 9 y la NIIF 7.
Bases para las Conclusiones, que explican el razonamiento técnico y conceptual del Consejo.
Ejemplos ilustrativos y guía de implementación, orientados a facilitar la comprensión práctica del modelo.
De forma complementaria, el IASB ha publicado resúmenes técnicos y ha abierto un proceso específico de trabajo de campo.
Trabajo de campo y enfoque práctico
Uno de los elementos más relevantes de la consulta es el trabajo de campo incluido en el período de comentarios, que permite a: instituciones financieras, auditores, y otros usuarios de la información financiera probar el modelo con datos reales y trasladar al IASB observaciones operativas, dificultades de aplicación y efectos no previstos.
Este enfoque evidencia que el proyecto no se concibe como un ejercicio puramente teórico, sino como una reforma con vocación claramente aplicada.
Plazo de comentarios y situación normativa
El período de consulta permanece abierto hasta el 31 de julio de 2026, con un plazo total de 240 días, significativamente superior al habitual, dada la complejidad y el impacto potencial del modelo.
Hasta esa fecha, la propuesta no tiene efectos normativos, pero anticipa una posible reforma estructural del tratamiento contable del riesgo de tasa de interés en el ámbito IFRS.
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