Procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y por la que se regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiables

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Esta Orden HAC/1496, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2026, regula la creación del registro de operadores confiables, a efectos del IVA, que se introdujo por la Ley 7/2024.

Completa el marco introducido por la Ley 7/2024, que obliga a garantizar el ingreso del IVA cuando determinados carburantes abandonan el régimen de depósito distinto del aduanero, salvo para aquellos operadores que acrediten un elevado nivel de solvencia, volumen y cumplimiento.

El objetivo: prevenir el fraude en la salida de carburantes

La orden parte de un problema bien identificado por la Administración tributaria: el fraude de IVA que se produce en el momento en que gasolinas, gasóleos y biocarburantes salen del depósito fiscal y deben tributar por las entregas posteriores.

La exigencia de una garantía previa del IVA pretende evitar impagos posteriores y corregir distorsiones de competencia en el sector, donde el fraude fiscal se traducía en precios artificialmente bajos.

¿Qué es la condición de operador confiable?

El operador confiable es una figura específica en materia de IVA para carburantes que permite quedar exento de la obligación de constituir una garantía o realizar pagos a cuenta, siempre que se cumplan determinados requisitos de solvencia y volumen de actividad.

Esta condición es alternativa a la de operador económico autorizado (OEA) en el ámbito aduanero y está pensada para grandes operadores con una trayectoria consolidada.

Creación del registro de operadores confiables

La orden crea un registro de operadores confiables, integrado dentro del sistema de registros fiscales existentes, pero con identidad propia. Solo las entidades que obtengan formalmente el reconocimiento administrativo podrán figurar en él.

La inclusión o exclusión en el registro:

Produce efectos desde el día siguiente a su notificación.
Puede consultarse electrónicamente por los titulares de depósitos fiscales.
Está sujeta a control permanente por la Administración.

Requisitos para obtener la condición de operador confiable

Para acceder a esta condición deben cumplirse, de forma acumulativa, requisitos especialmente exigentes:

Estar inscrito en el registro de extractores de depósitos fiscales.
Haber realizado extracciones mínimas de 1.000 millones de litros anuales de carburantes.
Haber operado como operador al por mayor durante al menos tres años.
Acreditar solvencia financiera, conforme a los criterios del Código Aduanero de la Unión.

La Administración podrá requerir documentación económica y financiera detallada para verificar estos extremos.

Procedimiento de solicitud, alta y baja

La solicitud debe presentarse ante la Administración competente en materia de IVA (AEAT o Haciendas Forales, según el caso) y se tramita íntegramente por vía electrónica cuando corresponde a la Agencia Tributaria estatal.

El plazo máximo de resolución es de tres meses, con silencio administrativo desestimatorio. La norma prevé también la baja cautelar cuando se dejen de cumplir los requisitos exigidos, así como la obligación del propio operador de solicitar la baja en un plazo de 30 días si pierde la condición.

Régimen transitorio: un mes clave en 2026

La orden establece un régimen transitorio de un mes desde su entrada en vigor (1 de enero de 2026). Durante ese periodo:

No será obligatorio garantizar el IVA.
Los operadores podrán solicitar el reconocimiento como operadores confiables.

Finalizado ese plazo sin resolución favorable, nacerá automáticamente la obligación de constituir la garantía o realizar el pago a cuenta del IVA correspondiente.

Una figura estratégica para grandes operadores

La figura del operador confiable se convierte en un elemento estratégico para los grandes operadores de carburantes, ya que permite evitar impactos significativos en tesorería derivados de las nuevas obligaciones de garantía del IVA.

Para los despachos profesionales, esta orden exige un análisis previo del volumen de actividad, la estructura financiera del cliente y la conveniencia real de solicitar esta condición frente a otras alternativas previstas por la normativa.

Para obtener la condición de operador confiable es necesario: estar inscrito en el registro de extractores, tener un volumen de extracciones durante el año natural anterior de, al menos, 1.000 millones de litros de gasolinas, gasóleos y biocarburantes destinados a ser usados como carburante y haber realizado operaciones como operador al por mayor durante los tres años anteriores.

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