La gestión colectiva de contrataciones en origen es el procedimiento para la concesión de múltiples autorizaciones iniciales de residencia y trabajo o de múltiples autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada de manera simultánea respecto de aquellas personas trabajadoras extranjeras que no se hallen o residan en España a través de su tramitación colectiva en origen a partir de las ofertas presentadas por uno o varios empresarios.
El BOE ha publicado la Orden ISM/1547/2025, que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para el ejercicio 2026, adaptando este instrumento al nuevo Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025. La norma consolida un modelo más ágil, garantista y alineado con la migración regular, ordenada y segura.
Doble modelo de contratación: estable y circular
La orden mantiene y desarrolla dos grandes vías de contratación en origen:
Migración estable: contratación colectiva de trabajadores para puestos estructurales, mediante autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta ajena, con una duración inicial de un año.
Migración circular: autorizaciones plurianuales de cuatro años, que permiten trabajar hasta nueve meses por año natural, vinculadas a contratos fijo-discontinuos y con obligación de retorno al país de origen tras cada campaña.
Ambos modelos pueden tramitarse de forma genérica o nominativa.
Umbral mínimo y homogeneidad de las ofertas
Las ofertas de empleo deberán incluir al menos 10 puestos de trabajo, pudiendo agruparse varias empresas para alcanzar ese mínimo. Además, cada oferta debe ser homogénea en aspectos clave como ocupación, provincia, fechas de actividad, tipo de gestión y país de origen de la contratación.
Refuerzo de la contratación nominativa
La orden profundiza en la contratación nominativa, especialmente en proyectos de migración circular, para dar continuidad a itinerarios laborales ya existentes y facilitar proyectos estables dentro del marco de los contratos fijo-discontinuos.
Garantías reforzadas para las personas trabajadoras
Se refuerzan las obligaciones empresariales, entre otras:
Información clara y comprensible antes del desplazamiento.
Copia del contrato traducida.
Organización del viaje de llegada (y, en determinados supuestos, del retorno).
Alta en Seguridad Social en un plazo máximo de tres días.
Igualdad de trato respecto a trabajadores nacionales.
Persona o servicio de referencia durante toda la relación laboral.
En migración circular, se regulan de forma detallada las condiciones de alojamiento, con límites claros a los importes que pueden repercutirse a la persona trabajadora (en referencia al IPREM).
Control del compromiso de retorno
El retorno al país de origen tras cada campaña es un elemento central del sistema. Su incumplimiento puede conllevar:
Extinción anticipada de la autorización.
Exclusión del sistema GECCO durante dos años.
Pérdida de la posibilidad de modificar la autorización a residencia y trabajo ordinaria.
Procedimientos más ágiles y digitalizados
La norma impulsa la tramitación electrónica, la gestión conjunta de autorizaciones y la coordinación entre administraciones, reduciendo cargas administrativas y plazos de resolución, con especial protagonismo de la Dirección General de Gestión Migratoria.
Alineación con la política migratoria y el mercado laboral
La orden se enmarca en una estrategia más amplia de política migratoria, alineada con el Pacto Mundial para la Migración, y orientada a cubrir vacantes no atendidas por el mercado nacional, especialmente en sectores estacionales como el agrario.
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.
ACEPTAR