El convenio especial de la Seguridad Social incorpora al Laboratorio Europeo de Biología Molecular (EMBL)

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El 29 de octubre de 2025, el BOE publicó la Orden ISM/1199/2025 que modifica la Orden TAS/2865/2003, la que regula los convenios especiales en el sistema de la Seguridad Social. La nueva orden entra en vigor el 1 de noviembre de 2025 y tiene un objetivo doble: actualizar la relación de organizaciones internacionales cuyos empleados españoles pueden suscribir un convenio especial y añadir expresamente al Laboratorio Europeo de Biología Molecular (EMBL), que cuenta con una subsede en España desde 2017.

El convenio especial regulado en el artículo 14 de la Orden TAS/2865/2003 -a su vez amparado en el Real Decreto 2805/1979- permite que ciertos trabajadores españoles que prestan servicios en organismos internacionales intergubernamentales sigan cotizando voluntariamente al sistema español, aun cuando su relación laboral no encaje en un alta ordinaria.

A través de este mecanismo, se les reconoce la condición de asimilados al alta en el Régimen General, garantizándoles cobertura futura en prestaciones y pensiones.

En principio, este convenio está reservado a quienes no residen en España, ya que se concibió para personal destinado en el extranjero. Sin embargo, el legislador introdujo hace años una excepción: aquellos que trabajen en organismos internacionales con sede en territorio español también pueden acogerse. La nueva orden viene precisamente a ampliar y depurar esa lista.

Qué cambia con la Orden ISM/1199/2025

El artículo único de la norma sustituye la letra b) del artículo 14.1 de la Orden TAS/2865/2003, con varias consecuencias prácticas:

Se incorpora de forma expresa la subsede española del EMBL. Este laboratorio europeo, dependiente de un acuerdo internacional firmado con España en 2017, podrá ofrecer a su personal de nacionalidad española la posibilidad de suscribir voluntariamente el convenio especial. Con ello, estos trabajadores quedarán cubiertos por el Régimen General, como ya ocurre con quienes trabajan para otros organismos internacionales con sede o delegación en España.
Se elimina de la lista el Cuartel General Conjunto Subregional Sudoeste de la OTAN, que dejó de existir en 2013.
Se actualizan denominaciones institucionales para adecuarlas a su nombre oficial actual:

La Organización Mundial del Turismo pasa a denominarse ONU Turismo.
La Oficina de Educación Iberoamericana se actualiza como Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
El Centro Europeo de Satélites de la Unión Europea Occidental pasa a figurar como Centro de Satélites de la Unión Europea, tras su integración como agencia comunitaria.

Se distingue entre sedes centrales y subsedes o delegaciones en España. La orden aclara, por primera vez, qué organismos tienen su sede principal en territorio español -Consejo Oleícola Internacional, ONU Turismo, Organización de Estados Iberoamericanos y Centro de Satélites de la Unión Europea- y cuáles operan mediante delegaciones o emplazamientos. Entre estas últimas se incluyen la Agencia Espacial Europea, el ACNUR, el Centro de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de Naciones Unidas en Valencia (UNICTF-V) y, a partir de ahora, el EMBL.
Se deja abierta la puerta a nuevas incorporaciones. La redacción final incluye una cláusula flexible: el Ministerio podrá añadir «otro organismo internacional con sede en España que se determine», lo que evita tener que modificar la norma cada vez que se firme un nuevo acuerdo de sede.

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