Modificadas las competencias de los departamentos de la AEAT de Inspección Financiera y Tributaria, y de Aduanas e IIEE

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La Orden PJC/1000/2025, de 10 de septiembre, supone una actualización profunda de la estructura interna de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), modificando la Orden PRE/3581/2007. El ajuste responde a la necesidad de armonizar el marco organizativo con los cambios legislativos europeos y nacionales que han alterado el alcance de la fiscalidad internacional y la cooperación administrativa en materia tributaria.

El núcleo de la reforma se concentra en el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria y en el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, cuyas competencias se amplían y matizan en varios apartados. Entre los puntos más destacados cabe subrayar:

Fiscalidad internacional y procedimientos amistosos: se incorpora la referencia al título IV del Reglamento de Procedimientos Amistosos en materia de imposición directa, tras la reforma del Real Decreto 399/2021, en línea con la Directiva (UE) 2017/1852. Con ello, se refuerza la posibilidad de acudir a mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos fiscales y se habilita la emisión de informes a petición de la autoridad competente.

Nuevos instrumentos de cooperación administrativa: a raíz de la Directiva (UE) 2021/514 y del Reglamento (UE) 2017/2454, se integran expresamente figuras como las inspecciones conjuntas, los controles simultáneos o la presencia de funcionarios extranjeros en actuaciones nacionales. Esto obliga a articular reglas específicas sobre participación, autorización e intercambio de información entre administraciones tributarias.

Comunicaciones y denuncias tributarias: se formaliza la competencia del Departamento de Inspección para tramitar y supervisar las informaciones remitidas a la AEAT, ampliando su función de control.

Reglamento VeriFactu: se prevé la posibilidad de acordar la no aplicación del reglamento que regula los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), a petición del interesado, en aquellos supuestos en que proceda.

Aduanas e impuestos especiales: también se revisa su marco competencial para contemplar la cooperación con autoridades de otros Estados o de la Comisión Europea, con especial atención al intercambio directo de información.

La Orden entró en vigor el 14 de septiembre de 2025, al día siguiente de su publicación en el BOE.

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