Derecho a compensación para afectados por amianto

Modificación del Reglamento General de Circulación
23 junio, 2025
Procedimiento de suministro y recepción de los datos de los abonados
25 junio, 2025
Ver todas las noticias >

La contratación pública sostenible continúa avanzando como pilar clave de las políticas de igualdad, inclusión y buen gobierno. En este contexto, el Instituto de las Mujeres ha aprobado la Resolución de 12 de junio de 2025, por la que se actualiza el modelo de Declaración Responsable en materia de igualdad que deben presentar las empresas licitadoras o contratistas con relación a los planes de igualdad.

Esta actualización busca reforzar los mecanismos de control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones legales en materia de igualdad, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007 y en el artículo 71.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. La nueva redacción pretende garantizar que las empresas licitadoras no solo dispongan de planes de igualdad, sino que éstos estén inscritos, vigentes y se cumplan efectivamente.

La resolución entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el 18 de junio de 2025, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final única.

Principales novedades

1. Nuevo modelo de declaración responsable obligatorio para empresas con plan de igualdad

Las empresas obligadas a tener plan de igualdad (art. 45.2 LO 3/2007) deberán presentar, al participar en licitaciones públicas, un nuevo modelo de declaración responsable que acredita el cumplimiento efectivo de dicha obligación.

Este modelo sustituye al anterior aprobado por Resolución de 13 de abril de 2021 y se deberá aplicar en todos los procedimientos de contratación pública donde la empresa licitadora esté sujeta a esta exigencia legal.

2. Inscripción en el registro y cumplimiento efectivo como requisitos esenciales

No basta con disponer formalmente de un plan de igualdad: se exige que esté inscrito en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas y que se acredite su vigencia y aplicación real. La ausencia de inscripción, la caducidad o el incumplimiento pueden dar lugar a la exclusión de la licitación pública o a la resolución del contrato adjudicado.

3. Compatibilidad con controles adicionales de la Administración contratante

El uso del nuevo modelo no impide que los órganos de contratación puedan requerir documentación adicional que verifique la veracidad de lo declarado. Tampoco excluye la posibilidad de aplicar otras consecuencias jurídicas si se detecta falsedad o incumplimiento.

4. Aplicación directa a todos los poderes adjudicadores del sector público

La resolución es de aplicación general a todas las entidades incluidas en el ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público (art. 3 LCSP), incluidos poderes adjudicadores, administración institucional, universidades públicas y empresas públicas.

5. Nueva plantilla accesible para su cumplimentación electrónica

El nuevo modelo se encuentra disponible en la sede electrónica del Instituto de las Mujeres y puede ser cumplimentado y firmado digitalmente, facilitando su incorporación a los expedientes de contratación.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies