Desde ajustes en los contratos de sustitución para centros concertados, hasta la implantación de un sistema automatizado de notificación de altas y bajas laborales y la esperada versión 3.8.1 de SILTRA, esta edición combina aspectos técnicos con implicaciones legales que conviene interpretar con precisión.
El Boletín introduce una trilogía de cambios que, aunque de naturaleza diversa, convergen en un mismo objetivo: refinar el engranaje administrativo de la relación entre empleadores y la Tesorería General de la Seguridad Social. Bajo una redacción aparentemente técnica, el documento despliega modificaciones que alcanzan tanto al plano normativo -como es el caso de la aplicación del RDL 1/2023 a los contratos de sustitución en centros concertados- como al tecnológico, con la actualización del entorno SILTRA y la incorporación de notificaciones semanales automáticas.
Uno de los puntos neurálgicos lo constituye la imposibilidad de tramitar altas con contrato tipo x10 en determinados supuestos, cuando el trabajador sustituido y el sustituto pertenecen a Códigos de Cuenta de Cotización (CCC) distintos con valores que identifican al empleador privado (5003) y a la Administración pública (2603 o 1303), respectivamente. En este contexto, la gestión del alta debe realizarse sin contenido en el campo de causa de sustitución, y con determinados valores específicos en los campos de contrato y condición de desempleo. En caso de errores con el SEPE por falta de inscripción, se permite una corrección posterior incorporando el valor «W» como alternativa operativa.
Además, la aplicación de las bonificaciones recogidas en los artículos 17 y 18 del RDL 1/2023 requiere una tramitación adicional a través de CASIA, debiéndose comunicar, además, cualquier variación sustantiva en la jornada del trabajador sustituido o del sustituto, así como la finalización de la situación que motivó la bonificación.
En paralelo, y desde una óptica de eficiencia informativa, la Resolución de 9 de abril de 2025 habilita el sistema NOTESS para automatizar semanalmente las notificaciones de altas y bajas consolidadas tanto por solicitud empresarial como por propuesta de la Inspección de Trabajo. Estas resoluciones también serán notificadas a los propios trabajadores, y podrán ser consultadas mediante nuevas funcionalidades como «Duplicado de documentos trabajador». A la espera de su plena operatividad, se podrán obtener duplicados vía CASIA.
Finalmente, la nota técnica del boletín señala el lanzamiento oficial, el 9 de junio, de SILTRA versión 3.8.1, que corrige errores detectados en instalaciones en red y añade informes sobre situaciones de alta y baja laboral, en sintonía con las nuevas notificaciones automatizadas. La descarga será automática para quienes ya trabajen con versiones iguales o superiores a la 3.6.0, y manual para versiones más antiguas.
Entrada en vigor
Cambios en contratación: desde la publicación (6 de junio de 2025).
Sistema NOTESS: se implementa en junio de 2025.
SILTRA 3.8.1: disponible desde el 9 de junio de 2025.
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