La digitalización de los actos notariales en España da un paso decisivo con la entrada en vigor de la Orden HAC/305/2025. Este nuevo marco legal materializa la aprobación formal de los denominados documentos notariales electrónicos timbrados, una figura prevista en la Ley 11/2023, que venía anticipando una transformación estructural en la gestión tributaria y notarial.
A partir de ahora, dos tipos específicos de soporte -el folio de matriz electrónica y el folio de copia autorizada electrónica con destino a tercero- se integran plenamente en el sistema impositivo español, concretamente bajo la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AJD. Estos folios digitales, dotados de efectos timbrados en formato electrónico, equiparan su validez fiscal a la de sus equivalentes en papel.
Con esta orden, no solo se consagran técnicamente los elementos identificativos de los nuevos soportes digitales -como el código 2D, el identificador único o la imagen del Timbre del Estado-, sino que además se articula un procedimiento riguroso para su distribución, control y recaudación. En esta cadena de responsabilidades, el Consejo General del Notariado asume ahora un papel central como órgano canalizador de los ingresos derivados de dichos documentos, sustituyendo en este ámbito al distribuidor físico tradicional.
En paralelo, se adapta y moderniza la histórica Orden de 1991, integrando los documentos electrónicos al sistema recaudatorio con las mismas garantías que los tradicionales. El Comisionado para el Mercado de Tabacos se mantiene como entidad supervisora del correcto uso y distribución de los timbres -ya sean físicos o electrónicos-, reforzando la trazabilidad de los flujos fiscales hasta su ingreso en el Tesoro Público.
La norma, que entró en vigor el día 1 de abril, subraya principios clave del ordenamiento administrativo: seguridad jurídica, eficiencia, proporcionalidad y transparencia. Todo ello en sintonía con las directivas europeas y con el objetivo último de construir un ecosistema digital homogéneo, seguro y operativo para ciudadanos, notarios y administraciones.
La implantación de estos timbres electrónicos abre, además, la puerta a un nuevo modelo de interoperabilidad entre los colegios notariales, las comunidades autónomas y el Estado, al eliminar las rigideces del papel sin comprometer las obligaciones fiscales ni la trazabilidad del rendimiento económico derivado de estos actos.
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