Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G

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Las comunicaciones móviles de quinta generación o 5G constituyen un nuevo paradigma de las comunicaciones electrónicas con un gran potencial transformador en beneficio de la sociedad y la economía, pues se abre la posibilidad a la incorporación de nuevas funcionalidades que van a tener un gran impacto, como la computación en la red y su virtualización y segmentación o sus funciones, lo que permitirá la creación de redes virtuales, flexibles e inteligentes, ofreciendo baja latencia, conectividad ininterrumpida y la prestación de servicios de gran valor añadido para la sociedad y la economía en ámbitos como la medicina, el transporte, la logística y la energía.

Por todo ello, tanto la Unión Europea como España, directamente y a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, impulsan el rápido despliegue de redes 5G y la realización de proyectos demostrativos de su utilidad para distintos sectores mediante la prestación de servicios 5G.

De hecho, el pasado día 2 de mayo de 2024, se aprobaba mediante el Real Decreto 443/2024, de 30 de abril, el Esquema Nacional de Seguridad de las redes y servicios 5G (en adelante, ENS5G) en desarrollo de lo establecido en el Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo, sobre requisitos para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas de quinta generación, en particular, en aplicación de su capítulo IV, siendo una de sus principales características y novedades la creación del Centro de Operaciones de Seguridad de 5G.

A pesar de la publicación de la nueva normativa, el Gobierno, mediante real decreto, a propuesta del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, previo informe del Consejo de Seguridad Nacional, tendrá que revisar el ENS5G cuando las circunstancias lo aconsejen y, en todo caso, cada cuatro años.

Objeto de las comunicaciones 5G

Para una mejor interpretación de la red de comunicaciones electrónicas 5G debemos poner sobre la mesa que la misma está integrada, al menos, por los siguientes elementos, infraestructuras y recursos:

a) Los relativos a las funciones del núcleo de la red.

b) Las funciones de transporte y transmisión.

c) La red de acceso.

d) Los sistemas de control y gestión y los servicios de apoyo.

e) Las funciones de computación en el borde, virtualización de red y gestión de sus componentes.

f) Los relativos a intercambios de tráfico o interconexión con redes externas e Internet.

g) Otros componentes y funciones a los que se refiere el anexo I.

Atención: Forman parte de la red 5G la totalidad de los elementos de red, infraestructuras, recursos y funciones de las redes empleadas para ofrecer servicios 5G, aun cuando también sean usados en las redes y servicios de comunicaciones electrónicas de generaciones móviles precedentes.

El ENS5G tiene como objetivos no sólo reforzar la protección de la seguridad nacional sino garantizar un funcionamiento continuado y seguro de las redes y servicios 5G, así como llevar a cabo un tratamiento integral y global de la seguridad de las redes y servicios 5G, considerando las aportaciones al alcance de cada agente de la cadena de valor de 5G.

Además, persigue reforzar la seguridad en la instalación y operación de las redes de comunicaciones electrónicas 5G y en la prestación de los servicios de comunicaciones móviles e inalámbricas que se apoyen en las redes 5G, impulsar una seguridad integral del ecosistema generado por la tecnología 5G, promover un mercado de suministradores en las redes y servicios de comunicaciones electrónicas 5G suficientemente diversificado en aras de garantizar la seguridad basada en razones técnicas, estratégicas y operativas y evitar, por dichas razones, la presencia de suministradores con una calificación de alto riesgo o de riesgo medio en determinados elementos de red o ámbitos, fortalecer la industria y fomentar las actividades de I+D+i nacionales en ciberseguridad relacionadas con la tecnología 5G y, por último, impulsar la formación y la concienciación en ciberseguridad 5G.

Tratamiento de las comunicaciones

El ENS5G tiene la vocación de llevar a cabo un tratamiento integral de la seguridad de las redes y servicios 5G. Para el adecuado tratamiento integral de la seguridad el ENS5G ha tenido en cuenta y deberá tener en cuenta en futuras actualizaciones o modificaciones la normativa, las recomendaciones y los estándares técnicos de la Unión Europea, de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y de otras organizaciones internacionales. Igualmente, ha tenido en cuenta y deberá tener en cuenta en futuras actualizaciones o modificaciones las aportaciones, análisis de riesgos, planes de mitigación de riesgos y estrategias de diversificación de la cadena de suministro que se han ido proporcionando y que deberán proporcionar por los sujetos obligados en cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo, en este esquema y en el resto de normativa.

En este contexto de seguridad integral, los sujetos obligados deberán llevar a cabo un tratamiento integral y global de la seguridad mediante un método holístico, un análisis de las vulnerabilidades, amenazas y riesgos que les afecten como agentes económicos y de los componentes anteriormente relacionados, así como una gestión adecuada e integral de dichos riesgos mediante la utilización de las técnicas y medidas que sean adecuadas para lograr su mitigación o eliminación y alcanzar el objetivo final de una explotación y operación seguras de las redes y servicios 5G, considerando también las aportaciones de cada agente de la cadena de valor de 5G.

Además, el operador 5G deberá recabar de sus suministradores 5G las prácticas y medidas de seguridad que hubieren adoptado en los productos y servicios suministrados. Esta información deberá ser proporcionada por los suministradores 5G y su tratamiento será confidencial, de manera que sólo podrá ser utilizada por los operadores 5G para efectuar un análisis y gestión de riesgos y por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y los demás organismos públicos competentes para la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo y este esquema.

Atención: El análisis y la gestión de los riesgos es parte esencial del proceso de seguridad, debiendo constituir una actividad continua y permanentemente actualizada.

Medidas específicas para garantizar la seguridad de las redes y servicios 5G

El Gobierno, mediante acuerdo adoptado en Consejo de Ministros, podrá calificar que determinados suministradores 5G son de alto riesgo. A tal efecto, analizará tanto las garantías técnicas de funcionamiento y operatividad de sus equipos, productos y servicios como su exposición a injerencias externas.

Si bien, el procedimiento para la calificación de determinados suministradores 5G como de alto riesgo se iniciará de oficio mediante acuerdo adoptado por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Con ello, el Consejo de Seguridad Nacional, previo informe del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, podrá determinar las ubicaciones, áreas y centros en las que no se podrá instalar equipos de suministradores calificados de alto riesgo.

Igualmente, se deberán llevar a cabo análisis de riesgos por los sujetos obligados, en concreto:

Los operadores 5G deberán analizar los riesgos de las redes y servicios 5G, detectando vulnerabilidades y amenazas que les afecten, tanto como agente económico, como por los elementos de red, infraestructuras, recursos, facilidades y servicios que empleen o provean en la instalación, despliegue y explotación de redes 5G o en la prestación de servicios 5G.

Los suministradores 5G deben analizar los riesgos de los equipos de telecomunicación, hardware y software y servicios auxiliares que intervengan en el funcionamiento u operación de redes 5G o en la prestación de servicios 5G, detectando vulnerabilidades y amenazas que le afecten tanto a la gestión de la empresa como a dichos equipos, hardware, software y servicios.

Los usuarios corporativos 5G que tengan otorgados derechos de uso del dominio público radioeléctrico para instalar, desplegar o explotar una red privada 5G o prestar servicios 5G para fines profesionales o en autoprestación deberán analizar los riesgos de las redes y servicios 5G, detectando vulnerabilidades y amenazas que afecten a los elementos de red, infraestructuras, recursos, facilidades y servicios que empleen o provean en la instalación, despliegue y explotación de redes privadas 5G o en la prestación de servicios 5G en autoprestación.

Otras medidas de cumplimiento en materia de la seguridad de las redes y servicios 5G

Todos los sujetos obligados, así como las Administraciones públicas, los fabricantes, importadores, distribuidores y quienes pongan en el mercado y comercialicen equipos terminales y dispositivos para conectarse a una red 5G y poder prestar servicios 5G, deberán prestar la colaboración y remitir la información que le sea requerida para la modificación y ejecución del ENS5G.

Los sujetos obligados serán objeto de un proceso para determinar su conformidad con el ENS5G. A tal efecto, precisarán de una auditoría para la certificación de su conformidad, sin perjuicio de la auditoría de la seguridad establecida en la normativa específica.

La fabricación, importación, distribución, puesta en el mercado y comercialización de equipos terminales y dispositivos para conectarse a una red 5G y poder prestar servicios 5G, estará condicionado al cumplimiento de los requisitos de seguridad para los productos digitales y de los requisitos esenciales aplicables relacionados con la ciberseguridad, adoptados conforme a la normativa europea, en particular, en relación con la protección de los datos personales, la privacidad, y la protección contra el fraude.

Por último, se destaca que, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, directamente o a través del Centro de Operaciones de Seguridad 5G de referencia, impulsará la I+D+i en ciberseguridad 5G mediante la ejecución de distintos programas.

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