Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios

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El documento detalla la notificación del Reino de España sobre la aplicación de plazos más breves para ciertos convenios fiscales, en conformidad con el artículo 35.1.b) del convenio. En particular, España comunica que aplicará un plazo de dos meses en lugar de seis en su convenio con Alemania.

Además, el documento confirma la conclusión de los procedimientos internos necesarios para que las disposiciones de varios convenios fiscales surtan efecto, mencionando fechas y convenios específicos con distintos países, como Albania, Andorra, Australia, y otros. También incluye notificaciones sobre la retirada de reservas y la implementación de disposiciones adicionales en varios convenios.

El documento cumple con la Ley 25/2014 sobre Tratados y otros Acuerdos Internacionales, y se acompaña de un anexo con todas las notificaciones relevantes.

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