Proyecto de Orden de modificación del modelo 190 Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF

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En la web del Ministerio de Hacienda, se ha publicado el Proyecto de Orden que modifica la Orden EHA/3127/2009 que regula el modelo 190, utilizado para la declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Las principales modificaciones buscan actualizar y mejorar el proceso de presentación de la declaración, facilitando el cumplimiento de las obligaciones fiscales y brindando una mejor asistencia a los contribuyentes.

1. Desglose de prestaciones por desempleo

Se introduce un nuevo desglose en las subclaves de la clave «C» para diferenciar entre prestaciones contributivas y no contributivas por desempleo. Esta distinción es clave, ya que afecta el cálculo de otras ayudas como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), y será aplicable a partir del ejercicio 2025.

2. Ampliación del campo «Reducciones Aplicables»

Se amplía el campo «Reducciones Aplicables» para incluir retribuciones irregulares de las claves E, F, G, H e I, lo que permitirá un cálculo más preciso de las retenciones en casos de rendimientos irregulares.

3. Incremento del límite exento para retribuciones en especie

La Ley 28/2022 eleva a 50.000 euros el límite exento para retribuciones en especie derivadas de acciones de empresas emergentes. Las cantidades que superen ese límite estarán sujetas a tributación, aunque de forma diferida. Se añade un nuevo campo en el modelo 190 para registrar estas retribuciones.

4. Corrección de errores

Se corrige un error de transcripción en el campo «Ceuta o Melilla», ajustando la referencia normativa al artículo correcto, lo que asegura la coherencia con la Ley del IRPF.

5. Disposición final única. Entrada en vigor

La presente orden tiene prevista su entrada en el día siguiente al de su publicación en el BOE y será aplicable por primera vez para la presentación del modelo 190 correspondiente al ejercicio 2024 y cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2025. No obstante, el apartado uno del artículo único (desglose de prestaciones por desempleo) de esta Orden será aplicable por primera vez para la presentación del modelo 190 correspondiente al ejercicio 2025 y cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2026.

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