Prórroga de la suspensión de los desahucios hipotecarios hasta 2028

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El Gobierno ha decidido extender hasta el año 2028 la suspensión de los desahucios hipotecarios para aquellos deudores en situación de vulnerabilidad, medida que expiraba esta semana y que podría beneficiar a aproximadamente 30.000 hogares.

Esta prórroga se establece mediante el Real Decreto Ley que amplía las disposiciones para evitar los lanzamientos de viviendas habituales con el fin de proteger a colectivos vulnerables, aprobado este martes. Esta iniciativa se originó a partir de la ley de medidas para fortalecer la protección de los deudores hipotecarios, la reestructuración de la deuda y el alquiler social, promulgada por el gobierno del Partido Popular en 2013 para mitigar los efectos de la crisis económica de 2008.

Dicha ley suspendía por dos años los desahucios hipotecarios de familias en situación de especial riesgo de exclusión social, incluyendo familias numerosas y unidades familiares monoparentales con al menos un hijo a cargo, así como familias con menores o miembros en situación de dependencia, enfermedad o discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género, personas desempleadas o mayores de 60 años.

Desde entonces, esta moratoria se ha prolongado en varias ocasiones, siendo la última en mayo de 2020, a propuesta de Podemos, poco después de que comenzara la pandemia de COVID-19. Este decreto no solo extendía la moratoria por cuatro años, sino que también ampliaba las posibilidades de beneficiarse a un mayor número de familias.

Según fuentes del Ministerio de Vivienda, la prórroga del contenido de este Real Decreto Ley hasta el 15 de mayo de 2028 no solo beneficia a un colectivo vulnerable específico, sino que también tiene un impacto económico positivo en general. Esto se debe a que la lucha contra la exclusión social genera externalidades positivas para la sociedad en su conjunto, promoviendo la seguridad, la paz y la cohesión social, factores esenciales para el desarrollo y el crecimiento económico.

Artículo único. Modificación de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

Se modifica el párrafo primero del artículo 1.1 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, que queda redactado en los siguientes términos:

«1. Hasta transcurridos quince años desde la entrada en vigor de esta ley, no procederá el lanzamiento cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado al acreedor, o a cualquier otra persona física o jurídica la vivienda habitual de personas que se encuentren en los supuestos de especial vulnerabilidad y en las circunstancias económicas previstas en este artículo.»

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