Mediante esta Orden, que entró en vigor el día 27-02-2024, se prorroga hasta el 4 de marzo de 2025 la validez de las Tarjetas de Identidad de Extranjero (TIE) expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal en España.
No será necesaria la obtención de una nueva TIE a efectos de cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 210 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
Lo acordado en esta Orden se comunicará a las Instituciones de la Unión Europea con el fin de que dicha prórroga sea conocida por los demás Estados miembros.
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