Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2025

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La Resolución de 24 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Trabajo, hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de julio de 2025, mediante el cual se aprueba el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2025 (PAFED 2025). Se trata de un instrumento previsto en el art. 13.2 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, enmarcado dentro de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028.

El plan articula la política de empleo del Estado en coordinación con comunidades autónomas, servicios públicos de empleo y agentes sociales. Su finalidad última es avanzar hacia un mercado de trabajo más inclusivo, con mayor estabilidad y calidad, reforzando la igualdad de género y la atención a colectivos vulnerables.

Marco normativo y estratégico

Se alinea con la Ley 3/2023, de Empleo, que refuerza los servicios garantizados a demandantes y empresas, la evaluación continua de las políticas activas y la atención a colectivos prioritarios.
Se apoya en el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, que desarrolla la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.
Integra reformas clave como el RDL 32/2021, de 28 de diciembre (reforma laboral), el RDL 1/2023, de 10 de enero (incentivos a la contratación), y el RDL 2/2024, de 21 de mayo (mejora del nivel asistencial del desempleo y conciliación).

Contenido esencial del PAFED 2025

1. Objetivos y estructura

Se establecen seis metas estratégicas y ocho objetivos, desarrollados en 20 objetivos operativos y 109 medidas.
Se introduce un cuadro de mando con indicadores desagregados por sexo, edad, nivel educativo, comunidad autónoma y provincia.

2. Novedades destacadas

Por primera vez se fijan objetivos cuantitativos por colectivos prioritarios: jóvenes, mujeres, desempleados de larga duración, mayores de 45 años, personas con discapacidad y colectivos vulnerables.
Se incluye un programa específico para transversalizar la igualdad de género (Anexo V).

3. Financiación y gestión

La dotación presupuestaria se recoge en el Anexo III y se distribuye territorialmente en el Anexo II, garantizando la cohesión social y territorial.
Los servicios y programas a ejecutar se detallan en el Anexo I, mientras que los indicadores de evaluación se regulan en el Anexo IV.

4. Evaluación y seguimiento

Conforme al Título VI de la Ley 3/2023, el plan será evaluado de manera continua, mediante mecanismos internos y una auditoría externa independiente.
Se prevé un impacto esperado en la reducción de la tasa de paro al 10,5 % en 2025 y al 9,5 % en 2026, con la meta final de alcanzar el 8,5 % en 2028.

Perspectiva socioeconómica

El plan se aprueba en un contexto de crecimiento económico (PIB 2024: +3,2 %), con récord histórico de ocupación (21,8 millones de personas) y la tasa de paro más baja desde 2008 (10,61 %). No obstante, persisten retos como la brecha de género, el desempleo juvenil (24,9 %) y las dificultades de inserción para mayores de 52 años.

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