La AEAT reorganiza sus delegaciones: nace la Administración de Madrid Norte y se renombra la Delegación Especial de Valencia

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Mediante esta Resolución de 29 de julio de 2025, se introduce una serie de ajustes en la estructura territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que responden al objetivo de reforzar la eficiencia de su gestión y adaptar su organización a las necesidades actuales.

El texto modifica la Resolución de 13 de enero de 2021, centrada en la regionalización y la racionalización de las administraciones urbanas, con la finalidad de dotar a las Delegaciones Especiales de una mayor flexibilidad en la asignación de recursos.

Los principales cambios se concretan en tres bloques:

Reordenación en Madrid

Se integra la Administración de Ciudad Lineal en la de Fermín Caballero, que adopta la nueva denominación de Administración de Madrid Norte (Disposición adicional primera).
Asimismo, la Administración Sudeste pasa a llamarse Madrid Este, y la Suroeste pasa a ser Madrid Suroeste.

Actualización en la Comunitat Valenciana

La Delegación Especial de Valencia pasa a denominarse Delegación Especial de la Comunitat Valenciana, con sede en Valencia.
Se revisan los Anexos I, II y III para actualizar la relación de delegaciones y administraciones dependientes, incluyendo las de Aduanas e Impuestos Especiales (artículo único, apartados 2 a 4).

Aspectos funcionales y transitorios

En las Delegaciones Especiales de Madrid, Cataluña, Andalucía, Ceuta y Melilla, y Comunitat Valenciana, se establece la existencia de dos Delegados Especiales Adjuntos que dependerán directamente del titular de la Delegación (artículo único, punto 1, modificando el artículo Cuarto.2 de la Resolución de 2021).
Los procedimientos administrativos en curso se trasladarán a los órganos competentes de la nueva Administración de Madrid Norte o de la Delegación Especial de Madrid, aplicando lo previsto en el art. 59.3 del Real Decreto 1065/2007 y en el art. 20.3 del Real Decreto 2063/2004 (Disposición transitoria primera).
El personal afectado mantiene sus retribuciones y condiciones hasta que se produzca la adscripción definitiva de los puestos (Disposición transitoria segunda).

Se destaca que estas modificaciones no implican incremento del gasto público (Disposición adicional segunda). La entrada en vigor queda fijada para el 22 de septiembre de 2025 (Disposición final única).

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