Regulación de la duración, el contenido y los requisitos de los cursos de conducción segura y eficiente cuya realización conlleve la recuperación o bonificación de puntos

Novedades publicadas en el INFORMA sobre el IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES durante el mes de febrero 2025
11 marzo, 2025
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El día 6 de marzo de 2025 se publicó en el BOE la normativa por la que se regula la duración, el contenido, los requisitos y los mecanismos de certificación y control de los cursos de conducción segura y eficiente para motocicleta, ciclomotor y turismo, cuya realización conlleve la recuperación o bonificación de puntos con objeto de formar a los conductores en distintas técnicas orientadas a evitar accidentes y reducir el consumo de combustible y las emisiones contaminantes, preparando al conductor para solventar situaciones de peligro, adoptando buenas prácticas en la conducción y el equipamiento, y evitando conductas de riesgo.

Dicha normativa en forma de Orden entrará en vigor el próximo día 26 de marzo del presente año y establece diferentes tipos de cursos de conducción segura y eficiente:

a) Cursos de conducción segura y eficiente para turismos.

b) Cursos de conducción segura y eficiente para motocicletas y ciclomotores.

Dentro de los cursos para motocicletas y ciclomotores, están incluidas dos modalidades en función del tipo de vía: cursos de conducción segura y eficiente en zona urbana y cursos de conducción segura y eficiente en carretera convencional.

Podrán realizar estos cursos los titulares de un permiso de conducción, válido y en vigor que les habilite a conducir los vehículos de la categoría que sea utilizada en cada curso, siempre que, en el momento de su realización, conserven un saldo positivo de puntos.

El cumplimiento de los requisitos necesarios para la recuperación o bonificación de puntos, será responsabilidad del aspirante. En caso de que, en el momento de la finalización con aprovechamiento del curso, no se cumplieran dichos requisitos, el saldo de puntos no podrá ser actualizado y será el correspondiente centro de formación quien expedirá, a cada asistente que haya superado la formación, bien de forma física o por medios electrónicos, un certificado acreditativo de superación con aprovechamiento.

El efecto de la realización de los cursos de conducción segura y eficiente que cumplan los requisitos establecidos permitirán la recuperación o bonificación con dos puntos.

Cada curso tendrá, en todo caso, una duración mínima de seis horas lectivas, que incluirá formación teórica y práctica presencial. Las seis horas serán de formación efectiva sin que pueda incluirse en este tiempo el destinado a la tramitación administrativa, inspección de los vehículos, descansos o cualquier otra actividad de naturaleza accesoria.

La distribución será de la siguiente manera:

a) Formación teórica mínima: una hora y cuarenta y cinco minutos y deberá haber un máximo de dieciocho alumnos por monitor.

b) Formación práctica mínima: cuatro horas y quince minutos. Se realizará en circuito cerrado, en los cursos de conducción segura y eficiente para turismos se admitirá un máximo de tres alumnos por monitor y vehículo.

Los cursos podrán realizarse en una o dos sesiones. La formación teórica podrá ser distribuida a lo largo de las sesiones, intercalándola con la formación práctica para reforzar los mensajes, debiendo impartirse obligatoriamente media hora al inicio del curso y otra media hora a la finalización del mismo a modo de conclusiones.

Los vehículos a utilizar en los cursos serán los correspondientes a la categoría de permiso del alumnado que participa en el mismo.

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