Como ya sabrá, y así le hemos ido informando, el pasado 24 de diciembre de 2024 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
Pues bien, en la sesión del Pleno del Congreso del día 22 de enero de 2025, no se ha llegado a convalidar el Real Decreto-ley 9/2024. El texto ha sido derogado con 177 votos en contra, 171 a favor y una abstención.
La consecuencia principal es que las novedades y cambios que introducía el RD-ley 9/2024 a fecha 22 de enero de 2025 ya no se encuentran vigentes.
ATENCIÓN. Las medidas aprobadas en diciembre cesarían automáticamente, pero no se anularían los efectos producidos durante el tiempo de vigencia de esta norma.
¿Cuáles eran las medidas urgentes en materia fiscal y laboral?
Entre otras, podemos destacar:
MEDIDAS TRIBUTARIAS
La elevación a 2.500€ (antes 1.500€) el límite de la obligación de presentar declaración cuando se obtienen rendimientos del trabajo de más de un pagador.
Las siguientes prórrogas:
Las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
La deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
La libertad de amortización en inversiones que utilicen energía renovable.
Los límites del método de estimación objetiva del IRPF y simplificado de IVA.
La imputación de rentas inmobiliarias durante los períodos impositivos 2023 y 2024.
Los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
La entrada en vigor el 1 de abril de 2025 del nuevo Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco.
El régimen fiscal aplicable a las finales de la «UEFA Champions League Femenina 2024» y de la UEFA Europa League 2025.
MEDIDAS LABORALES
Revalorización de pensiones contributivas y de Clases Pasivas: Incremento del 2,8% respecto a 2024, basado en la media del IPC interanual.
Cuantías máximas y mínimas de pensiones:
Límite máximo de pensiones públicas: 3.267,60€ mensuales o 45.746,40€ anuales.
Pensiones no contributivas: 7.905,80€ anuales.
Pensiones contributivas mínimas ajustadas según situación familiar y tipo de pensión.
Cotización adicional de solidaridad: Aplicable a retribuciones superiores a la base máxima de cotización para trabajadores por cuenta ajena.
Pluriactividad de autónomos: Derecho a reintegro del 50% del exceso de cotización por contingencias comunes que supere los 16.672,66€, con un tope del 50% de las cuotas ingresadas.
Protección al empleo:
Empresas beneficiarias de ayudas directas no podrán justificar despidos por aumento de costes energéticos.
Prohibición de despidos por causas relacionadas con la guerra en Ucrania para empresas que utilicen medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos con apoyo público.
Prórroga del SMI para 2024: Hasta la aprobación del nuevo decreto para 2025, garantizando la continuidad del diálogo social.
Aportación adicional en cotizaciones: Se establece una cotización del 0,80%, distribuida entre empresa (0,67%) y trabajador (0,13%).
Reformas en cotización para autónomos: No habrá regularización de cuotas anuales para trabajadores con sistemas intercooperativos de prestaciones sociales.
Adaptación a expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE): Condiciones de mantenimiento de empleo extendidas entre 6 meses y 2 años posteriores al ERTE.
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