El Real Decreto-ley 10/2024 establece un gravamen temporal energético para el año 2025, dirigido a operadores principales en los sectores energéticos. Esta medida busca abordar necesidades específicas del contexto económico, especialmente en términos de transición energética, eficiencia económica y mitigación de los efectos de precios elevados en el sector energético.
Contribuyentes Obligados y Exenciones
Sujetos pasivos:
Personas o entidades catalogadas como operadores principales según la Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de 15 de diciembre de 2023.
Exenciones:
Operadores con un importe neto de la cifra de negocios (INCN) inferior a 1.000 millones de euros en 2019.
Operadores cuyo INCN de 2017, 2018 y 2019 derivado de actividades energéticas no supere el 50% del total del INCN en cada año respectivo.
Características
Naturaleza jurídica:
Es una prestación patrimonial de carácter público no tributario.
Base de cálculo:
1,2% del INCN derivado de actividades en España en 2024, registrado en la cuenta de pérdidas y ganancias.
No incluye ingresos relacionados con impuestos específicos (p. ej., Impuesto sobre Hidrocarburos o tributos análogos en Canarias, Ceuta y Melilla).
Plazos de Pago
Pago anticipado:
Se ingresará el 50% de la prestación en los primeros 20 días naturales de junio de 2025.
Pago final:
Se liquidará la prestación completa en los primeros 20 días naturales de septiembre de 2025, deduciendo el pago anticipado.
Incentivos para Inversiones Estratégicas
Dotación de reservas indisponibles:
Los contribuyentes pueden minorar el gravamen en función de las inversiones estratégicas realizadas en activos fijos para la transición ecológica (hidrógeno renovable, biogás, almacenamiento energético, entre otros).
Requisitos:
Las inversiones deben formar parte de un Plan de Inversiones Estratégicas aprobado por el Ministerio para la Transición Ecológica y dotarse como reserva indisponible en los balances hasta septiembre de 2025.
10% del importe dotado como reserva si es igual o inferior al gravamen.
Hasta un 30% en caso de que la reserva exceda el gravamen, con un límite adicional calculado mediante fórmula.
3. Minoración del gravamen:
10% del importe dotado como reserva si es igual o inferior al gravamen.
Hasta un 30% en caso de que la reserva exceda el gravamen, con un límite adicional calculado mediante fórmula.
Régimen jurídico
Compatibilidad:
La minoración es compatible con deducciones en el Impuesto sobre Sociedades relacionadas con los mismos activos.
Deducciones fiscales:
El gravamen y el pago anticipado no son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades.
Control y sanciones
Comprobación:
La CNMC supervisará el cumplimiento y sancionará la repercusión económica del gravamen con multas del 150% del importe repercutido.
Vigencia
1. Temporalidad:
El gravamen aplica exclusivamente al año 2025
2. Evaluación:
En el último trimestre de 2025, el Gobierno estudiará los resultados y evaluará su posible permanencia.
Entrada en vigor
El Real Decreto-ley 10/2024, entró en vigor l 28 de diciembre de 2024.
El gravamen se aplica específicamente al ejercicio fiscal de 2025, comenzando la obligación de pago a partir del 1 de enero de 2025, con los plazos para el pago anticipado en junio y la liquidación final en septiembre del mismo año.
Cuadro Resumen
Aspecto
Detalle
Contribuyentes
Operadores principales en sectores energéticos según CNMC. Exentos: ingresos < 1.000 M€ (2019) o ≤50% del INCN en 2017-2019.
Tasa aplicada
1,2% del INCN derivado de actividades en España en 2024.
Pago anticipado
50% del gravamen, primeros 20 días de junio de 2025.
Pago final
Restante, primeros 20 días de septiembre de 2025.
Minoración por inversiones
– 10% de reservas para inversiones estratégicas.
– Hasta 30% si reservas superan gravamen (límite adicional calculado).
No deducibilidad fiscal
El gravamen y el pago anticipado no son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades.
Supervisión y sanciones
Supervisión por CNMC. Multa del 150% por repercusión económica del gravamen.
Vigencia
Exclusiva para el ejercicio 2025. Evaluación gubernamental para posible permanencia al cierre de 2025.
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