Mediante esta Orden se introducen cambios técnicos significativos en los modelos de declaración del IVA 322 y 390, adaptándolos a los nuevos tipos impositivos establecidos por el Real Decreto-ley 4/2024. Esta normativa, promulgada el 26 de junio, amplía la aplicación de ciertos tipos reducidos en la entrega de alimentos y responde a las consecuencias económicas y sociales de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo. Este decreto destaca no solo por la prórroga de las ayudas fiscales, sino también por su intento de mitigar los efectos adversos mediante ajustes en los modelos tributarios de autoliquidación y declaración-resumen, los cuales entrarán en vigor en noviembre de 2024.
Modificación del modelo 322
La estructura actual del modelo 322 se ha vuelto insuficiente, dado que ahora coexisten seis tipos de IVA y seis recargos de equivalencia, en contraposición a los cinco tipos de IVA y cuatro recargos previamente contemplados. La nueva normativa, consciente de esta limitación, ha modificado el diseño del modelo 322, añadiendo casillas adicionales para permitir la declaración de todos los tipos impositivos en el régimen especial de grupos de entidades.
Modificación del modelo 390
De modo similar, el modelo 390, utilizado como resumen anual, solo permitía declarar cinco tipos de IVA y seis recargos, dejando sin opción los tipos adicionales aplicados durante 2024. Con esta actualización, el modelo 390 podrá reflejar la totalidad de los tipos impositivos vigentes a lo largo del año, garantizando una mayor precisión en la recaudación y el control fiscal.
Estas modificaciones entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2024 y se aplicará por primera vez, en el caso del modelo 322, a la autoliquidación correspondiente a octubre de 2024, y en el caso del modelo 390, a la declaración-resumen anual correspondiente a 2024.
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