Se ha publicado hoy en el BOE la Orden HAC/266/2024, por la que se aprueba el modelo 239, de declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal, y se modifican los modelos 234, 235 y 236.
La aprobación de este nuevo modelo 239 es consecuencia de la introducción, en el Reglamento de aplicación de los tributos, de una nueva obligación informativa sobre determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático relativo a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas. Será exigible respecto de aquellos mecanismos transfronterizos cuya obligación de declaración nazca a partir del 23 de marzo de 2024.
Aprobación del modelo 239
Como consecuencia de la introducción en el artículo 39 ter del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT), de una nueva obligación informativa sobre determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático relativo a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas, se aprueba el modelo 239 de «Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático relativo a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas».
La presentación del modelo 239 se efectuará por vía telemática a través de Internet y deberá realizarse en el plazo de los treinta días naturales siguientes al nacimiento de la obligación (definido en el artículo 46.3 RGAT).
Modificación del modelo 234
Se actualiza el contenido del modelo 234 de «Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal» contenido en el anexo I de la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, para excluir de la Declaración de información el dato relativo a la identidad de los intermediarios eximidos de la obligación de información por el deber de secreto profesional, y, por otro lado, para incluir, dentro del resumen del mecanismo transfronterizo, el deber de declarar cualquier información que pueda ayudar a la Administración tributaria a evaluar el riesgo fiscal del mecanismo.
Modificación de la Orden HAP/2194/2013 que regula la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas
Se incluye el modelo 239 en la relación de declaraciones informativas a que se refiere el artículo 1.3 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre.
Por último, con respecto a la entrada en vigor se indica que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en «Boletín Oficial del Estado», esto es, el 23 de marzo de 2024 y que la declaración de información relativa al modelo 239 será exigible respecto de aquellos mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación cuya obligación de declaración nazca a partir del 23 de marzo de 2024.
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