AEAT. Novedades publicadas en el INFORMA del IVA durante el mes de diciembre: vivienda habitual con actividad de hostal, solar perteneciente al patrimonio privado, comunidad transmite local en proindiviso

Bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar para 2024
29 enero, 2024
Modificación de diversos reales decretos relativos al sector de frutas y hortalizas, vitivinicultura y apicultura
31 enero, 2024
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147242 – RENOVACIÓN Y REPARACIÓN VIVIENDAS SUBCONTRATADA CÓMPUTO % MATERIA

En la reforma de la vivienda de un particular la empresa contratista empleará tanto medios propios como los de varios subcontratistas. Cómo tener en cuenta los materiales aportados por los subcontratistas, en el cálculo del porcentaje de la base imponible que representa el coste de los materiales aportados por el contratista, a efectos de aplicar el tipo reducido del 10% a la ejecución de obra de reforma de la vivienda.

147239 – VIVIENDA HABITUAL CON ACTIVIDAD DE HOSTAL

Un empresario vende dos pisos contiguos y unidos, donde se desarrolla la actividad de hostal y la de vivienda habitual. Sujeción y exención.

147243 – MEDIO ACREDITE FEHACIENTEMENTE RECLAMACIÓN COBRO AL DEUDOR

Formas de reclamar el cobro al deudor a los efectos del procedimiento de modificación de la base imponible. Qué se entiende por medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro al deudor.

147240 – SOLAR PERTENECIENTE AL PATRIMONIO PRIVADO

Persona física que recibió en donación, junto a su hermana, un solar ya urbanizado hace años. En la actualidad ha obtenido una licencia del Ayuntamiento para la segregación del mismo y quiere proceder a su transmisión. Si la citada operación de transmisión del solar está sometida a tributación por el IVA.

147252 – COMUNIDAD TRANSMITE LOCAL EN PROINDIVISO

Una comunidad de bienes, constituida por la propiedad en proindiviso de un local arrendado, transmite el inmueble a dos personas físicas que lo adquirirán también en proindiviso. Una de ellas destinará su mitad al arrendamiento al otro adquirente, que utilizará la totalidad del local en su actividad de comercio al por menor en recargo de equivalencia. Sujeción y exención de la entrega del local y, en su caso, renuncia a la exención.

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