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En el BOE de 8 de agosto se ha publicado la Resolución de 28 de julio de 2023, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, por la que se establece la relación actualizada de los recintos aduaneros y el órgano de adscripción de los mismos, aplicable desde el 9 de agosto.

Así, se aprueba la relación actualizada de recintos aduaneros a los efectos de los artículos 139 y 148 del Reglamento (UE) n.° 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión, que es la que consta en el anexo de la presente resolución, con indicación de los órganos de los que dependen.

Toda mercancía podrá ser introducida en los recintos aduaneros sin perjuicio de las limitaciones establecidas en la normativa sectorial de naturaleza, entre otras, sanitaria, veterinaria, farmacéutica, fitosanitaria, de material de defensa, otro material o de productos y tecnología de doble uso.

La presente resolución será aplicable desde el 9 de agosto, quedando sin efecto la Resolución de 10 de octubre de 2019, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, por la que se establece relación actualizada de los recintos aduaneros y el órgano de adscripción de los mismos.

(BOE, 22-08-2023)

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