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El Sistema Nacional de Protección Civil, se define como el instrumento esencial para asegurar la coordinación, la cohesión y la eficacia de las políticas públicas de protección civil, entendida ésta como el servicio público que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción humana.

El pasado día 21 de junio de 2023 se publicaba en el BOE la normativa por la que se aprueba el  segundo instrumento normativo del sistema, una Norma Básica, a la que entre otras cosas, se encomienda el establecimiento de las directrices básicas para la identificación de riesgos de emergencias y las actuaciones para su gestión integral, así como el contenido mínimo y los criterios generales para la elaboración de los planes de protección civil y el desarrollo por los órganos competentes de las actividades de implantación necesarias para su adecuada efectividad.

La Norma Básica de Protección Civil entrará en vigor el día 11 de julio de 2023.

Aspectos más destacables de la Norma Básica de Protección Civil

La Norma Básica establecerá los riesgos que deben ser objeto de planificación de protección civil, y el establecimiento de las bases para la mejora de la coordinación y eficiencia de las actuaciones de los servicios de intervención y asistencia en emergencias.

Se constituye como un eslabón de primera importancia en la conformación del Sistema Nacional de Protección Civil, hasta el punto de tener como objetivo último garantizar la coherencia del conjunto del mismo y su funcionamiento eficaz.

Como segunda norma del Sistema, está perfectamente alineada con la ley de la que trae su causa, es decir, con la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil estableciendo los criterios esenciales que aseguren un catálogo de riesgos unificado, un sistema de análisis de riesgos homogéneo, un esquema de planes integrables entre sí, el establecimiento de criterios de evaluación como una parte esencial en el proceso de mejora continua de las actuaciones de protección civil, y los mecanismos y principios a los que deben responder los diferentes intervinientes en las emergencias y catástrofes para dotar al conjunto del Sistema de la necesaria cohesión

La Norma Básica actualiza la definición de las Directrices Básicas de Planificación, como instrumento esencial para garantizar que los planes de las diferentes administraciones públicas respondan a un modelo homogéneo y coherente, lo que está orientado directamente a alcanzar la mayor efectividad posible del Sistema.

Atención: En esta materia, la Norma Básica incluye el establecimiento en las Directrices del plazo en el que los planes especiales de ellas derivados deben ser elaborados, fijando en todo caso un plazo máximo. Se supera de esta manera una deficiencia generalmente observada en la Norma Básica anterior, como consecuencia de la cual pueden coexistir durante largos periodos de tiempo planes no adaptados a las Directrices Básicas en vigor.

En lo que se refiere a la planificación, prevé la elaboración de modelos simplificados para favorecer la planificación en los ámbitos territoriales más reducidos y así incrementar globalmente los niveles de seguridad que demanda la sociedad española. Y en relación a la operatividad de los instrumentos de planificación, la Norma Básica alinea las fases y las situaciones operativas con las fórmulas exitosamente aplicadas en los vigentes Planes Territoriales y, en particular, en el Plan Estatal General de Emergencias (PLEGEM), con la finalidad última de garantizar la ordenada sucesión de planes en los supuestos de escalada de las situaciones de gravedad.

Igualmente, se prevé la publicidad de los planes, mediante su registro a cargo de las Administraciones Públicas competentes, en tanto que constituyen un aparte esencial de la Red Nacional de Información de Protección Civil (RENAIN) creada por la Ley 17/2015, de 9 de julio.

Como novedad más importante, se incorpora específicamente la fijación de las bases para la coordinación de las actuaciones de los diferentes colectivos llamados a intervenir en la gestión de las emergencias y catástrofes, y se establecen como principios esenciales de funcionamiento del Sistema los de dirección única de las emergencias, coordinación y facilitación de información relevante de todos los actores de las mismas, especialidad de las funciones a realizar por cada colectivo, y el de sucesión ordenada de las fases y situaciones operativas, principios todos ellos que constituyen en la práctica la esencia de la gestión de situaciones complejas como son las emergencias de protección civil y que están razonablemente arraigadas en la cultura compartida del Sistema.

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