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Con esta modificación, el número de empresas potenciales beneficiarias pasarían de las 612 actuales según datos de Red Eléctrica, a las 1.180 entidades.

En diciembre de 2020 se aprobó este estatuto que dota a determinadas empresas industriales, en concreto a aquellas para las que el coste del suministro eléctrico resulta especialmente crítico, de un marco jurídico y económico que proporciona seguridad y certidumbre de los costes energéticos y mejora su competitividad internacional.

Con la modificación del Estatuto del Consumidor Electrointensivo se refuerza la política industrial de España y se mejora la competitividad de la gran industria, favoreciendo la inversión industrial al contar con un marco normativo que refuerza el reconocimiento a estos consumidores, con nuevos requisitos que ofrecen mayor estabilidad, seguridad y certidumbre del precio de la energía de acuerdo con la normativa comunitaria.

Novedades del Estatuto Electrointensivo

1. El estatuto regula dos mecanismos para mitigar los costos energéticos:

a) Compensación de los costos relacionados con el apoyo a la energía renovable, cogeneración eficiente y generación adicional en territorios no peninsulares. Estos costos se financian mediante cargos en la factura eléctrica.

b) Mecanismo de cobertura de riesgos para la adquisición a medio y largo plazo de energía eléctrica por parte de consumidores electrointensivos, a través del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (FERGEI).

2. Las modificaciones afectan tanto a la definición de consumidores electrointensivos como al primer mecanismo de mitigación (compensación de cargos). También se han introducido mejoras técnicas en el procedimiento que no están relacionadas con las directrices europeas mencionadas.

3. Se amplía el catálogo de sectores subvencionables, incluyendo las industrias extractivas (excepto la extracción de hulla, antracita y gas natural) y sectores manufactureros para fomentar el uso de materias primas locales.

4. Las nuevas directrices europeas reducen el valor de la intensidad de uso de la electricidad al 5%, en comparación con el 10% anterior. Esto implica que los consumidores electrointensivos deben tener un cociente (durante al menos dos de los tres años anteriores) entre el consumo anual de electricidad y el valor añadido bruto de la instalación superior a 0,25 kWh/€, umbral que ya incluye el aumento del precio de la electricidad durante 2022 (originalmente 1,5 kWh/€). Esto permite que más empresas sean elegibles.

5. Se establece la obligación de realizar inversiones en eficiencia energética rentables según las nuevas directrices europeas.

6. Se debe modificar la metodología para calcular la ayuda, ya que las directrices diferencian entre sectores «en riesgo significativo» de deslocalización y sectores «en riesgo» de deslocalización. La intensidad máxima de ayuda para los sectores «en riesgo significativo» se mantiene en el 85% de los costos subvencionables, mientras que para los sectores «en riesgo» es del 75% (puede llegar al 85% bajo ciertas condiciones). Se agrega la posibilidad de otorgar una ayuda adicional por encima del 85% a instalaciones especialmente electrointensivas bajo ciertas condiciones.

7. Si un consumidor electrointensivo pierde su certificación debido al incumplimiento de los requisitos, puede solicitar una nueva certificación después de un año desde la pérdida de dicha condición.

8. Se modifica el umbral mínimo para la proporción del consumo anual de electricidad que debe ocurrir durante las horas valle. El nuevo requisito de consumo en horas valle se establece en el 46%, menos exigente que el 50% anterior, aunque se suspende su exigencia respecto al consumo en 2022.

9. Estas modificaciones refuerzan las ayudas a los sectores industriales, que ya cuentan con una nueva convocatoria de ayudas para compensar las emisiones indirectas de CO2 con un presupuesto de 244 millones de euros, además de otros beneficios fiscales aprobados para mitigar los efectos de la pandemia y la guerra de Ucrania

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