El Gobierno hará compatible la prestación por desempleo o el subsidio con un empleo por cuenta ajena o de autónomo

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El Gobierno quiere evitar que se puedan dar casos de que el desempleado pueda rechazar una oferta de trabajo porque el salario ofrecido es inferior o apenas supera la prestación por desempleo. Situaciones que llevan a que la persona que se encuentra en esta situación se quede estancada, y pierda todo hábito y disciplina laboral. Y, por lo tanto, corra el peligro de entrar en la marginación y en la exclusión social.

Por esta razón, el Gobierno y las comunidades autónomas «articularán programas de fomento del empleo que permitan la compatibilización, al menos parcial, de las prestaciones, subsidios u otras rentas orientadas a la protección económica con el trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia», en el caso de los autónomos. Así se regula en el Anteproyecto de Ley de Empleo que el Consejo de Ministros trató el pasado día 3, en una primera lectura.

La compatibilidad entre la prestación del desempleo y un salario por tener trabajo «trata de favorecer el acceso o el retorno al mercado de trabajo, la movilidad funcional y geográfica [de los desempleados]». Y, además, «evitar la desprofesionalización (sic) y exclusión social» de los beneficiarios de todo tipo de prestaciones por desempleo, incluido el Ingreso Mínimo Vital.

En estos momentos, hay 2,6 millones de personas recibiendo algún tipo de prestación del SEPE y de la Seguridad Social por estas razones: 1,8 millones perciben la cobertura del desempleo, entre la prestación contributiva, el subsidio, las ayudas agrarias y la Renta Activa de Inserción. Otras 800.000 personas reciben el Ingreso Mínimo Vital, además de las numerosas rentas de este tipo que tienen las comunidades autónomas.

Para comprender que la prestación por desempleo sea compatible con un trabajo como asalariado o como autónomo, hay que tener en cuenta que el proyecto de ley de empleo tiene como fin principal ayudar a encontrar ocupación a colectivos de inserción laboral muy difícil. Es más, entre otros, tendrán la atención prioritaria de la nueva Agencia Española de Empleo los siguientes grupos sociales: Parados de larga duración; desempleados mayores de 50 años; los que procedan de sectores en crisis, «personas gitanas o pertenecientes a otras minorías étnicas»; mujeres víctimas de la violencia de género; mujeres con baja cualificación o aquellas personas cuya orientación sexual les causa dificultades para encontrar trabajo.

Además de hacer compatible la prestación por desempleo con el salario o los ingresos de autónomos, el Gobierno también abordará, para estos colectivos, «con carácter extraordinario, temporal y con financiación» programas de apoyo activo al empleo para «fomentar la movilidad geográfica de los desempleados». Por lo tanto, el Ejecutivo dará ayudas económicas a la persona que encuentre un trabajo en otra comunidad autónoma y tenga que cambiar de localidad respecto a su lugar de residencia habitual.

Esta ayuda para favorecer la movilidad geográfica puede incluir «el abono del importe total o parcial de la prestación contributiva». Precisamente, esta posibilidad está abierta a quienes quieran crear un negocio con la capitalización del desempleo. En este caso, la administración laboral ayudará al potencial beneficiario con una auditoría sobre la viabilidad de la empresa. Trabajo no oculta que en este estudio de la nueva sociedad dará prioridad al empleo femenino, «con perspectiva de género».

En todo caso, como ocurre ahora, el parado que cobre una prestación debe comprometerse a hacer lo que le diga la administración laboral, o la agencia privada de colocación, para ayudarle a encontrar trabajo. Es lo que se llama «el compromiso de actividad». Ello supondrá que el desempleado deberá hacer un itinerario personal, con su cualificación y las acciones que deba hacer para mejorarla o incluso reciclarse.

A estos efectos se mantiene como infracción grave para el desempleado «rechazar una oferta de empleo adecuada, o negarse a participar, salvo causa justificada, en aquellas actividades para la mejora de su empleabilidad». La sanción actual, que se mantiene, puede acarrear desde la suspensión de la prestación por tres meses a la extinción de la misma.

En todo caso, es importante reseñar que la ley que prepara Trabajo anima a los parados a que no acepten cualquier oferta de empleo por debajo de su experiencia y formación. «Las políticas de protección por desempleo deben velar por el mantenimiento y mejora de la empleabilidad» del demandante de trabajo. «Los beneficiarios de las mismas no deben verse abocados a la toma de decisiones que vayan en detrimento de su profesionalidad y de su capacidad de mejorar en el mercado de trabajo», dice la norma.

La norma también regula sanciones para las agencias de colocación por engañar a los potenciales demandantes de empleo. El contrato con la Agencia de Empleo les obliga a ofrecer su trabajo de forma gratuita a los desempleados. El engaño en la prestación, o en su publicidad, puede acarrearles hasta cinco años de suspensión de la actividad.

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