Los convenios colectivos sectoriales promoverán planes de pensiones en las empresas

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El Gobierno aprobó ayer en el Consejo de Ministros el primer informe del anteproyecto de ley de fondos de pensiones de promoción pública y planes simplificados, diseñado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en colaboración con el resto de ministerios económicos. El texto recoge la arquitectura básica de una de las medidas estrella de este Ejecutivo en materia de previsión social complementaria, que ahora se someterá a los informes pertinentes para ser aprobado en una segunda lectura por el Gobierno antes de final de año y para que esté vigente antes de que acabe de junio de 2022.

El ministro responsable del ramo, José Luis Escrivá, explicó ayer tras la reunión del Consejo de Ministros, que el Gobierno creará con esta ley “un fondo [de pensiones] de empleo [colectivo] impulsado desde el sector público, al que se podrán adscribir muchos trabajadores de muchas pymes, autónomos y trabajadores en Administraciones públicas”. Garantizando, añadió, “que las comisiones de gestión sean muy bajas”. En un primer momento, el Ejecutivo propuso que la comisión máxima que podrán cobrar las gestoras fuera del 0,4% anual, mientras que la entidad depositante podría cobrar hasta un 0,1% anual. Por lo tanto, como máximo las comisiones llegarán al 0,5%, pero la Seguridad Social decidió que dichos topes se fijen más adelante en los reglamentos y pliegos de concursos públicos para las gestoras.

Actualmente apenas uno de cada diez trabajadores tiene acceso a uno de estos planes colectivos en sus empresas, por lo que Escrivá explicó ayer que el objetivo del nuevo fondo de promoción pública es que, en diez años, la mitad de los trabajadores estén adscritos a uno de estos instrumentos de ahorro a largo plazo. Así, espera que a los dos millones de trabajadores que están adscritos a uno de estos planes se sumen otros ocho millones para llegar a diez millones de partícipes en diez años. Pero ¿cómo conseguir este éxito?

Escrivá mira al País Vasco para fijarse este objetivo. Allí la regulación de las entidades de previsión social voluntaria (EPSV), muy extendidas en el tejido productivo de esta comunidad, permite que un convenio sectorial obligue a todas las empresas del sector a aportar dinero a la EPSV acordada. Por ello, desde el Gobierno explicaban ayer que la nueva ley “habilitará normativamente a la negociación colectiva sectorial para que establezca que el plan de empleo acordado se extienda a todas las empresas del sector”.

En definitiva, “que cuando en un sector se decida [en negociación colectiva] que se abre esta posibilidad a todas las empresas del sector, esto termine siendo realmente así. Porque ahora hay que hacer hasta siete pasos para crear un plan, es extremadamente complejo, y ahora el procedimiento pasará a ser “extraordinariamente sencillo, en un solo paso”, dijo Escrivá.

Si bien, el grado de obligación que pueda aplicarse al ofrecimiento de estos planes por parte de las empresas se presenta polémico, ya que fuentes patronales advertían ayer que dependiendo de cómo quede redactada la ley a la hora de obligar a las empresas de un sector a ofrecer estos planes, “podría ser incluso inconstitucional”. En las patronales se quejaban ayer, en cualquier caso, de no haber recibido noticias sobre qué propuestas empresariales tiene previsto el Gobierno incluir en la norma. Asimismo, el ministro anunció que las inversiones, que serán sostenibles y estarán sometidas a una “vigilancia de control muy estricta”, a través de una comisión con representantes del Gobierno y los agentes sociales. Pero se han descartado vetos en esta gestión.

Según el primer borrador de este texto, la Seguridad Social lanzará una suerte de marco común bajo el que sumar multitud de planes colectivos de empleo. Así, podrán constituir los planes de empleo simplificados (figura jurídica de nueva creación), empresas incluidas en los acuerdos sectoriales de negociación colectiva; Administraciones públicas y sociedades mercantiles públicas; asociaciones de trabajadores autónomos, colegios profesionales o mutualidades de previsión social.

En principio, estos fondos serán administrados por una entidad gestora con el concurso de una entidad depositaria y bajo la supervisión de una única comisión de control. Podrán ser entidades gestoras de fondos de pensiones de empleo de promoción pública las entidades que reúnan los requisitos fijados en la ley de regulación de los planes y fondos de pensiones. Una comisión formada por nueve funcionarios (cinco de la Seguridad Social, y uno de Trabajo, Economía, Industria y Transición Ecológica) tendrán la última palabra en la selección de las gestoras que finalmente ofrezcan los planes.

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