El gobierno catalán abre este lunes a las 9.00 horas el formulario de inscripción previa para acceder a las ayudas extraordinarias directas para la solvencia empresarial. Se trata de una línea de 993 millones de euros dirigida al pago de deudas de profesionales autónomos y empresas afectados por la Covid-19. El formulario quiere simplificar el procedimiento, por lo que no será necesario hacer ningún otro trámite posterior. El conseller d’Empresa i Treball, Roger Torrent, ha dicho que la prioridad es dar respuesta al gran volumen de solicitantes previsto con el objetivo de que el procedimiento de concesión y pago sea lo más ágil posible. El trámite telemático de inscripción previa estará abierto hasta el 30 de junio a las 15.00 horas.
En la concesión de las ayudas no se tendrá en cuenta el orden cronológico de presentación de las solicitudes. De este modo, se valorarán con los mismos criterios todas las solicitudes presentadas dentro del plazo indicado y que cumplan los requisitos. El Gobierno de la Generalitat ha ampliado los sectores de actividad que se podrán acoger a esta línea de ayudas, pasando de 95 sectores previstos por la normativa estatal a 191, que suman un total de 189.861 empresas.
Esta línea de ayudas directas se destinará a satisfacer la deuda y los pagos a proveedores y otros acreedores, financieros o no financieros, así como los costes fijos incurridos pendientes de pago. En concreto, entran deudas y gastos devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y que proceden de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021. En cuanto a los costes, se incluyen todos los gastos generados con independencia del nivel de producción durante el periodo subvencionable.
La línea de ayudas prevé diferentes cuantías según la tipología de solicitante. Las empresas y profesionales autónomos que tributen por el régimen de estimación objetiva del IRPF (sistema de módulos) podrán recibir una subvención de hasta 3.000 euros. El resto de solicitantes deberán acreditar un descenso del volumen de operaciones de más del 30%, y deudas de al menos 4.000 euros, y pueden recibir entre 4.000 y 200.000 euros.
Entre los requisitos está ejercer la actividad en uno de los 191 sectores de actividad incluidos, haber ejercido estas actividades en 2019 y 2020 y seguir en activo, tener el domicilio fiscal en Catalunya o establecimiento permanente y tiene deudas pendientes de satisfacer en los términos explicados, entre otros.
Una vez otorgada la ayuda, las empresas y los profesionales autónomos beneficiarios deberán mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022, no podrán repartir dividendos ni este año ni el siguiente, no podrán subir las retribuciones de la alta dirección durante dos años desde la concesión de la ayuda y destinar el dinero recibido a pagar las deudas declarados, entre otros.
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.
ACEPTAR